DI LORETO, LEONARDO SEBASTIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor, Di Loreto Leonardo Sebastián, apeló la liquidación de indemnizaciones por accidente de trabajo y el cálculo del IBM, intereses y honorarios. La Cámara modificó la sentencia y elevó el monto de condena a $24.523.481,42, disponiendo intereses según el considerando V y costas y honorarios conforme a los considerandos VI y VII.
¿Quién es el actor?
Di Loreto Leonardo Sebastián.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso contra la resolución del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°10 y contra la liquidación indemnizatoria por accidente ocurrido el 13 de julio de 2023 (cuestiones sobre IBM, tasa de intereses aplicable y regulación de honorarios; asimismo el perito apeló sus estipendios).
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia apelada y se elevó el monto de la condena a $24.523.481,42; el monto llevará intereses conforme al considerando V; se impusieron costas de Alzada y se reguló honorarios de ambas instancias según los considerandos VI y VII.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
"III) Le asiste razón al accionante en que el IBM no fue calculado conforme lo indica la ley 27.348... de conformidad con las pautas antes mencionadas (salario mensual actualizado por índice RIPTE), se arriba a un promedio mensual de $863.904,40 ($10.366.852,83 / 12 períodos), suma que sugiero se utilice en la fórmula indemnizatoria."
"IV) Lo anteriormente propuesto, conduce a reformular la reparación que dispone el art. 14 inc. 2 a) ley 24.557, para lo cual se deben aplicar los valores indicados en el fallo (exentos de crítica), vale decir, 45 años de edad y 32,96% de incapacidad. Sentado ello, el nuevo resultado de la fórmula indemnizatoria alcanza a $20.436.234,52.
- ($863.904,40 53 32,96% 65/48). Además, corresponde el adicional que contempla el art. 3º de la ley 26.773 (20% de $20.436.234,52), o sea $4.087.246,90.
- En síntesis, la cantidad final alcanza a $24.523.481,42, más sus intereses."
"V) El actor se agravia de que en la sentencia se haya establecido que 'el monto de condena llevará un interés equivalente al promedio de la tasa activa, cartera general nominal anual, vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, desde la fecha de la primera manifestación invalidante (13/07/2023), hasta el momento de la liquidación (art 132 L.O)'. ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la L.O mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral..."
"VI) Ante el nuevo resultado del litigio... corresponde dejar sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior y proceder a su determinación en forma originaria... regular los honorarios correspondientes a las representaciones letradas del actor, de la demandada, y los del perito médico en las sumas de $18.338.492,97.
- (295,80 UMAs), $12.884.710,22 (272,35 UMAs) y $4.867.664,76 (78,51 UMAs), respectivamente..."
Si bien la sentencia contiene votos individuales, los considerandos citados y la parte resolutiva indican la mayoría que resolvió modificar la sentencia y elevar el monto a $24.523.481,42, aplicando las reglas de actualización y la pauta de intereses explicadas en el considerando V; no se registran disidencias expresas en el acuerdo final.
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