YAICUARE, EFRAIN EZEQUIEL c/ SILVER CROSS AMERICA INC. S.A. s/DESPIDO
El actor demandó por despido sin causa y reclamos indemnizatorios contra Silver Cross America Inc. S.A. La Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928, confirmó la sentencia de grado en lo demás y dispuso actualizar el monto de condena conforme al IPC del INDEC con interés puro del 3% anual.
¿Quién es el actor?
Yaicuare, Efraín Ezequiel (trabajador).
¿A quién se demanda?
Silver Cross America Inc. S.A. (empleadora).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido sin causa e indemnizaciones laborales (incluyendo sanciones previstas en ley 25.323 y ley 25.345 y reparación por incumplimientos formales como entrega de certificados).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos los puntos objeto de agravio, salvo que decretó la inconstitucionalidad del artículo 7° de la ley 23.928 (texto según ley 25.561) y ordenó que el monto de condena se actualice conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC con más una tasa de interés pura del 3% anual; asimismo impuso costas y honorarios de alzada según lo sugerido en el Considerando VI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "El art. 7° de la ley 23.928 (en su actual redacción) establece: 'El deudor de una obligación de dar una suma determinada de pesos cumple su obligación dando el día de su vencimiento la cantidad nominalmente expresada. En ningún caso se admitirá actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas, cualquiera fuere su causa, haya o no mora del deudor, con las salvedades previstas en la presente ley. Quedan derogadas las disposiciones legales y reglamentarias y serán inaplicables las disposiciones contractuales o convencionales que contravinieren lo aquí dispuesto.'"
2) "Por otra parte, debe observarse que cualquier declaración de inconstitucionalidad de una norma específica, sin que el actor lo haya requerido expresa y puntualmente en la demanda, no impide expedirse a esta Alzada en tal sentido, de acuerdo con la expresa doctrina de nuestro más alto Tribunal..."
3) "la norma en cuestión, en el presente caso particular, resulta irrazonable y, por ello, vulnera el debido proceso... corresponde establecer mediante la aplicación del indicador salarial de naturaleza previsional denominado 'Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables' (Ripte)... con más un 7% anual de interés puro sobre el capital, sin perjuicio de las facultades previstas en el art. 771 del CCyCN." (esta parte expresa la propuesta del voto mayoritario que el tribunal adoptó en cuanto a declarar la invalidez del art. 7° y la necesidad de actualización)
4) "Ahora bien, toda vez que éste, mi criterio, no resulta mayoritario en la composición actual de esta Sala ... por razones de economía procesal adhiero a dicho criterio de la mayoría de este Tribunal, declarado la invalidez constitucional del art. 7° de la ley 23.928 (modificado por el art. 4° de la ley 25.561), disponiendo actualizar el capital de condena desde que cada suma es debida y hasta la de su efectivo pago, de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período."
- Nota sobre votos: No consta disidencia en el acuerdo definitivo; los dos vocales conformaron la resolución (los fundamentos expuestos son los de la mayoría que resolvió).
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