AGUERO, SEBASTIAN JOSE c/ GABROX S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Reclamó el actor relación laboral por despido contra Gabrox SRL y otros; la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó las pretensiones del actor por ausencia de prueba suficiente sobre la prestación de servicios y la aplicación del art. 23 LCT, imponiendo las costas de alzada al actor.
¿Quién es el actor?
Agüero Sebastián José (demandante).
¿A quién se demanda?
Gabrox SRL y codemandada Verónica Olga Rosati (entre otros).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y reconocimiento de relación de trabajo (vínculo de dependencia) y sus consecuencias laborales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, impuso las costas de alzada al actor y reguló los honorarios de la instancia en el 30% de las sumas que correspondan por lo actuado en la instancia anterior para la representación letrada del actor y del patrocinio letrado de la codemandada Verónica Olga Rosati.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes):
- "En efecto, a diferencia de lo aseverado en el escrito recursivo, Gabrox SRL no reconoció la prestación de servicios del demandante a su favor, lo que sella la suerte adversa del planteo."
- "Asimismo, la siguiente afirmación no se condice con las partes de autos, lo que también conduce a su rechazo: 'al haber reconocido IHSA la prestación de servicios del Sr. Romero, por aplicación del mencionado precepto legal, debe presumirse la existencia de un contrato de trabajo'. En este orden de ideas, cabe concluir que en la lid no resulta aplicable la presunción prevista en el art. 23 LCT."
- "Dicha declaración plagada de desconocimientos y vaguedades no aporta ningún elemento para dilucidar la cuestión ni permite concluir que el actor se haya desempeñado para la demandada."
- "Sugiero confirmar la imposición de costas a mérito del principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN)."
- "Con arreglo a lo establecido en la ley 27.423, habida cuenta del mérito y extensión de la labor desarrollada en esta instancia por la representación letrada del actor y el patrocinio letrado de la codemandada Verónica Olga Rosati propongo que se regulen sus honorarios en el 30% de las sumas que les corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior."
- Votos: Los dos jueces (Héctor C. Guisado y Silvia E. Pinto Varela) coincidieron en confirmar la sentencia; no surge disidencia.
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