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PRIETO, JUAN CATALINO c/ EDITORIAL ATLANTIDA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Reclamo por despido y liquidación final contra Editorial Atlántida S.A. y B.A. Cadetes S.R.L.; la Cámara confirmó la sentencia de grado en lo apelado, pero ordenó adecuar el capital de condena conforme al considerando III, y aplicó costas y honorarios de alzada según el considerando IV.

Despido Liquidacion final Pago Recibo firmado Lct art. 138 Actualizacion de capital de condena Ipc Ripte Intereses Costas y honorarios de alzada


¿Quién es el actor?

PRIETO, JUAN CATALINO.

¿A quién se demanda?

EDITORIAL ATLÁNTIDA S.A. (acción rechazada en grado) y B.A. CADETES S.R.L. (apelante).
- Objeto de la demanda: acción por despido y liquidación final, con reclamo de pago de rubros de liquidación y diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo cuanto fue objeto de apelación y agravios, con excepción de la adecuación del capital de condena, que se realizará en la forma dispuesta en el considerando III; además se impusieron costas y honorarios de Alzada conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En efecto, la LCT dispone en su artículo 138: 'Todo pago en concepto de salario u otra forma de remuneración deberá instrumentarse mediante recibo firmado por el trabajador...' Así, en el presente caso arriba firme que los recibos acompañados no contienen la firma del trabajador a fin de acreditar el pago de las sumas reclamadas." "Por ello, la sola manifestación del perito contador en su informe sobre la existencia de una erogación a favor del actor (digitalización del 28/6/2019) no es suficiente para tener por acreditado el pago... toda vez que no se verificó la existencia de recibos firmados por el actor, ni constancia bancaria de pago que pudiera tener por acreditado el cumplimiento de la obligación en cuestión, no puede tenerse por comprobado su cumplimiento en forma fehaciente y, en consecuencia, propongo confirmar lo decidido en grado en este aspecto de la controversia." Considerando sobre intereses y actualización (considerando III): "Tal decisión impone la adecuación del capital de condena a través de una pauta de razonabilidad... corresponde establecer mediante la aplicación del indicador salarial de naturaleza previsional ... 'Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables' (Ripte) ... con más un 3% anual de interés puro sobre el capital, sin perjuicio de las facultades previstas en el art. 771 del CCyCN... No obstante, adhiero a dicho criterio de la mayoría de este Tribunal, y es por ello que sugiero declarar la invalidez constitucional del art. 7° de la ley 23.928 (modificado por el art. 4° de la ley 25.561), y actualizar el capital de condena ... de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período." Sobre costas y honorarios (considerando IV): "Las costas de alzada serán fijadas por su orden, en atención a la inexistencia de réplica (art. 68 2ª parte, CPCCN). Asimismo, auspicio regular honorarios por las tareas realizadas ante esta instancia en el 30% de aquello que a cada parte corresponda por sus labores en grado (conf. art. 30 ley 27.423)."
- Votos en la sentencia: voto del Dr. Manuel P. Díez Selva (preopinante) con los fundamentos transcritos y adhesión del Dr. Héctor C. Guisado; no hay disidencia.

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