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FORMOSO, VIVIANA MARIEL c/ EXPERTA ASEGURADORA DE REISGOS DELTRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Accidente de trabajo reclamado contra Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. por Formoso Viviana Mariel. La Cámara mantuvo lo resuelto por la Sala 2 de la CNAT, aplicando las pautas indicadas por la Corte y la normativa pertinente para la actualización y reconocimiento de intereses, y ordenó registrar, notificar y devolver las actuaciones.

Accidente de trabajo Art Actualizacion monetaria Intereses moratorios Inconstitucionalidad art.7 ley 23.928 Acta cnat 2764/2022 Corte suprema Camara nacional de apelaciones del trabajo Mantenimiento de fallo Devolucion de autos.


¿Quién es el actor?

Formoso, Viviana Mariel.

¿A quién se demanda?

Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente
- ley especial (responsabilidad/indemnización derivada de accidente de trabajo/ART).

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió mantener, en lo que fue materia de recurso ante la Corte Suprema, lo que había resuelto la Sala 2 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en estos actuados; se ordenó registrar, notificar, cumplimentar art.1 de la ley 26.856 y devolver las actuaciones.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes): 1) "Disponde el art. 16 de ley 48 que, en los recursos tratados en los dos artículos anteriores, referidos particularmente al recurso extraordinario federal, la Corte, cuando revoque, hará una declaratoria sobre el punto disputado, y devolverá la causa para que sea nuevamente juzgada, o bien resolverá sobre el fondo, y aun podrá ordenar la ejecución especialmente si la causa hubiese sido una vez devuelta por idéntica razón." 2) "Lo dicho pone en evidencia que no se trata de evaluar si las decisiones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en nuestro sistema jurisdiccional, resultan o no obligatorias para casos análogos, sino, lisa y llanamente, de aplicar a la causa la decisión que el Superior Tribunal ha ordenado aplicar en ejercicio de su competencia y en el marco de los recursos concedidos en el propio proceso donde la sentencia ha de ser dictada." 3) "No obstante, la metodología expuesta ha sido descalificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Oliva Fabio Omar c/ Coma S.A. s/ despido' del pasado 29 de febrero de 2024, en la cual sostuvo que una capitalización periódica de los intereses no encuentra sustento en el Código Civil y Comercial de la Nación, y derivó en un resultado económico desproporcionado y carente de respaldo en la realidad económica actual." 4) "En tal contexto, es mi criterio que, descartada la pertinencia de cualquier pauta sustitutiva de una directa actualización del crédito más el reconocimiento de los intereses moratorios correspondientes, la sugerida por el Poder Ejecutivo Nacional en la normativa anteriormente mencionada, que por provenir del organismo del Estado encargado de dirigir el orden económico general del Estado no podría ser considerada carentes de respaldo y/o desajustada a las condiciones económicas imperantes al momento del dictado de la presente resolución, resultaría la más apropiada para respetar los parámetros indicados por el Superior." 5) "Por todo ello, sugiero mantener lo dispuesto en ese aspecto por la Sala 2 en su pronunciamiento."
- Votos y disidencias: El voto del Dr. Alejandro H. Perugini expone la propuesta y fundamentos; la Dra. Diana R. Cañal adhiere al voto del preopinante, con aclaraciones y adhesiones doctrinarias propias. No se registra disidencia; la resolución se adoptó por mayoría y corresponde a lo transcripto en la parte resolutiva.

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