CORONEL, NERY EDUARDO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo reclamando incapacidad psicofísica y prestaciones conforme a la ley 24.557. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, dispuso la aplicación del decreto 669/19 desde el 7/9/2022, confirmó costas y honorarios y fijó las costas de alzada y la regulación del 30% para las representaciones en alzada.
¿Quién es el actor?
Nery Eduardo Coronel.
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A. (aseguradora/ART).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (29/06/2018), determinación de incapacidad física y psicológica y liquidación de prestaciones previstas en la ley 24.557.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia. Además, dispuso la aplicación del decreto 669/19 en los términos señalados en los considerandos desde el 7 de septiembre de 2022; confirmó lo decidido en materia de costas y honorarios; impuso las costas de alzada en el orden causado y reguló los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Voto en disidencia de la Dra. Diana R. Cañal (resumen y fragmentos textuales relevantes que buscan modificar el pronunciamiento): “Por ello, de prosperar mi voto, propiciaré: I. Modificar parcialmente la sentencia de primera instancia, determinando que el actor padece una incapacidad psicofísica total equivalente al 17 %. II. Modificar la sentencia y disponer que las prestaciones correspondientes al accionante sean recalculadas al momento de la liquidación prevista en el art. 132 de la L.O., conforme las pautas establecidas en la presente y a la nueva incapacidad aquí determinada. III. Costas y honorarios conforme lo expuesto en el considerando pertinente.” En su voto la jueza otorgó “pleno valor probatorio” al informe pericial que determinó R.V.A.N. grado II y un 10% de incapacidad psicológica y sostuvo la falta de exámenes preocupacionales de la ART como factor probatorio relevante.
2) Voto mayoritario del Dr. Alejandro H. Perugini (fundamentos que integran la decisión de la Cámara): “Por lo expuesto, voto por: 1. Confirmar la sentencia; 2. Disponer la aplicación del decreto 669/19 en los términos señalados en los considerandos desde el 7 de septiembre de 2022; 3. Confirmar lo decidido en materia de costas y honorarios; 4. Imponer las costas de alzada en el orden causado y regular los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior.” El Dr. Perugini fundamentó la aplicación del DNU 669/19 a partir del 7/9/2022 y propuso que desde esa fecha se aplique RIPTE para la actualización y un régimen de capitalización semestral para intereses según lo previsto en la modificación normativa.
- Disidencia: La Dra. Diana R. Cañal votó por modificar la sentencia elevando el porcentaje total de incapacidad al 17% (10% psicológico + 7% físico) y por aplicar criterios de actualización diferentes (aplicación de índices y actas CNAT y actualización desde el hecho), pero su propuesta quedó en disidencia frente a la mayoría integrada por los Dres. Perugini y Fera.
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