BARCONTE, JAVIER MAXIMILIANO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó el actor indemnización por accidente de trabajo contra Experta ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de grado, fijó el capital de condena en $1.298.402,30 más intereses desde el 3/12/2021 y reguló costas y honorarios conforme lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
BARCONTE, JAVIER MAXIMILIANO.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por accidentes de trabajo (incapacidad indemnizable y determinación de capital, intereses, costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, fijó el capital de condena en $1.298.402,30 con más los intereses desde el 3/12/2021 conforme la tasa establecida en el apartado III del primer voto; dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios hechas en origen, impuso las costas de primera instancia a la demandada, reguló honorarios de primera instancia para actor, demandada y perito en los montos indicados y regularizó honorarios de alzada en el 30% para cada parte, entre otros extremos consignados en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
1) Sobre la incapacidad y su porcentaje: "En consecuencia, los argumentos que en su momento planteó la demandada frente al dictamen pericial y lo afirmado en su recurso de apelación ante esta alzada conducen –a la vista de las afirmaciones de dicho informe y su falta de especifica correspondencia porcentual con pautas objetivables
- a establecer el porcentaje de incapacidad psíquica indemnizable en autos, con criterio de razonabilidad, en el 5% de la t.o. (cfr. arts. 386 y 477 CPCCN). Por lo tanto, dada la medida del agravio, la incapacidad psicofísica que corresponde tener en cuenta -más la incidencia de los factores de ponderación, cuyo cálculo no mereció cuestionamiento ante esta alzada
- a los fines indemnizatorios es del 9,03% de la TO."
2) Sobre el cálculo del ingreso base y monto: "De tal modo, en atención a esa base de cálculo ($36.693,0211726,30/4948,27= $86.954,30), la edad de la accionante al momento del suceso (25 años), y la minusvalía determinada en esta instancia (9,03%), la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la ley 24.557 debida como consecuencia del infortunio objeto de reclamo, asciende $1.082.001,92 ... Con el adicional previsto por el art. 3 de la ley 26.773 se llega a una suma total de $1.298.402,30."
3) Sobre intereses aplicables: "Dicha suma desde la interposición de la demanda (3/12/2021), y hasta la fecha de la intimación judicial de pago, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral (cfr. Normativa anteriormente mencionada)."
- Disidencias: No existieron votos en disidencia; el Dr. Álvaro E. Balestrini adhirió al voto del Dr. Mario S. Fera.
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