RAMIREZ NELSON ALCIDE c/ LIBERTY ART S.A. - ACTUAL SWISS MEDICAL ART SA s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
Reclamaron indemnización por accidente de trabajo y se discutieron descuentos y tasas de interés aplicables. La Cámara modificó la sentencia apelada, condenó a la demandada al pago de $47.815,72 sin descuento y ordenó la adecuación del capital conforme al considerando V, además de imponer costas y honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
Nelson Alcide Ramírez (actor demandante).
¿A quién se demanda?
Liberty ART S.A. (y se menciona apelante Swiss Medical ART S.A. en agravios).
- Objeto de la demanda: acción civil por accidente de trabajo con reclamo indemnizatorio y discusión sobre descuentos administrativos, honorarios y tasa de interés/actualización del capital condenado.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó la sentencia apelada y derivó a condena la suma de $47.815,72, sin descuento alguno, y dispuso la adecuación del capital en los términos del considerando V; además impuso costas y honorarios de alzada conforme al considerando VII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Por ello, ante la ausencia de la prueba informativa pertinente por parte de la interesada, que permitiese corroborar el efectivo depósito de la suma indicada, no queda más que hacer lugar al agravio esbozado por el trabajador y derivar a condena la suma de $47.815,72, sin descuento alguno."
"El art. 7° de la ley 23.928 (en su actual redacción) establece: 'El deudor de una obligación de dar una suma determinada de pesos cumple su obligación dando el día de su vencimiento la cantidad nominalmente expresada. En ningún caso se admitirá actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas, cualquiera fuere su causa, haya o no mora del deudor, con las salvedades previstas en la presente ley. Quedan derogadas las disposiciones legales y reglamentarias y serán inaplicables las disposiciones contractuales o convencionales que contravinieren lo aquí dispuesto.'"
Además, se explicita la necesidad de adecuar el capital por razones de razonabilidad y protección del crédito alimentario, y se remite al considerando V para la pauta de actualización adoptada por la Cámara.
- Votos y mayoría: Los Dres. Manuel P. Díez Selva y Silvia E. Pinto Varela votaron en el mismo sentido; no se registran disidencias en el dispositivo final.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: