NUÑEZ, CARLOS c/ BENAVIDEZ, MONICA ALEJANDRA s/DESPIDO
El actor Mauricio Núñez demandó por despido y reclamó diferencias salariales, horas extras e indemnización Ley 25.323. La Cámara modificó la sentencia de grado elevando el monto final de condena a $2.353.109,24 y confirmó lo demás impugnado, imponiendo costas y regulando honorarios según el considerando VI.
¿Quién es el actor?
Núñez, Carlos (actor recurrente).
¿A quién se demanda?
Benavidez, Mónica Alejandra (empleadora).
- Objeto de la demanda: demanda por despido (despido injustificado) con reclamos de diferencias salariales por jornada, horas extras y la indemnización prevista por el art. 2° de la ley Nº 25.323, junto a otras diferencias debitadas en la liquidación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió parcialmente el recurso de apelación del actor: modificó el fallo de grado elevando el monto final de condena a $2.353.109,24 (más la adecuación dispuesta en el decisorio de origen), confirmó el resto de la sentencia apelada en todo lo demás que fue objeto de recurso y agravios, e impuso costas y reguló honorarios conforme al Considerando VI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En conclusión, propongo admitir la queja deducida por el actor con los alcances precitados."
"V.
- De conformidad con la solución hasta aquí propuesta, la presente acción debería progresar por la suma de $2.353.109,24 ($1.417.047,67 [monto de grado] + $736.452,48 [“diferencias salariales”, conf. Considerando II del presente] + $199.609,09 [art. 2º ley Nº 25.323]) que se adecuará en la forma dispuesta en el fallo de grado, aspecto que arriba firme a esta Alzada, ante la ausencia de cuestionamientos."
"VI.
- Ante el nuevo resultado del litigio que propicio y lo normado por el art. 279 del CPCCN, corresponde dejar sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior y proceder a su determinación en forma originaria. Con relación a las costas, no encuentro fundamento para apartarme del principio general del vencimiento previsto en el artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En consecuencia, propongo imponer las costas de ambas instancias a cargo de la demandada vencida, en lo substancial."
- Votos y disidencias: Los Dres. Silvia E. Pinto Varela y Héctor C. Guisado votaron conjuntamente por la modificación indicada; no consta disidencia.
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