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GIL, LAURA ESTELA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó indemnización por accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. conforme a la ley 27.348. La Cámara modificó la sentencia apelada, fijando el monto de condena en $1.845.627,91 con intereses desde el 21/04/2020 y confirmó lo demás apelado; impuso costas y honorarios de ambas instancias.

Recurso de apelacion Ley 27.348 Accidente de trabajo Ripte Intereses Indemnizacion Monto condena $1.845.627 91 Costas y honorarios Actualizacion Inicio intereses 21/04/2020


¿Quién es el actor?

Gil, Laura Estela.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo indemnizatorio por accidente de trabajo (recurso ley 27.348).

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones (Sala IV) modificó la sentencia apelada y fijó el monto de condena en $1.845.627,91, que devengará intereses desde el 21 de abril de 2020 hasta el efectivo pago conforme a las pautas del considerando III; confirmó la sentencia recurrida en todo lo demás que fue motivo de apelación y agravios; imponiendo costas y honorarios de ambas instancias conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En este sentido, teniendo en cuenta los restantes extremos que arriban firmes a esta etapa, propongo fijar el monto de condena en la suma de $1.845.627,91, pues calculado de conformidad con las pautas establecidas en la sentencia de grado -que arriban firmes a esta etapa
- y con las fijadas en el art. 14, inciso 2, apartado a) de la ley 24.557 (53 x $63.228,88 x 32,48% x 65/46 = $1.538.023,26), que supera el piso mínimo determinado en la Res. 24/2020 ($2.958.970 x 32,48% = $961.073,45) en relación con el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables). A dicha suma se le ha agregado el 20% dispuesto por el art. 3 de la ley 26.773 ($307.604,65)." "Dicha suma llevará intereses desde la fecha del accidente, es decir, desde el 21 de abril de 2020." "V) En definitiva, de compartirse mi voto, corresponderá: 1) Modificar la sentencia apelada, fijando el monto de condena en la suma de $1.845.627,91, que devengará intereses desde el 21 de abril de 2020 hasta el efectivo pago de conformidad con las pautas dispuestas en el considerando III. 2) Confirmar la sentencia recurrida en todo lo demás que ha sido motivo de apelación y agravios. 4) Costas y honorarios de ambas instancias, conforme lo dispuesto en considerando IV."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el Dr. Manuel P. Díez Selva adhirió al voto que antecede.

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