VERA, RODRIGO FERNANDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó Rodrigo Fernando Vera contra GALENO ART S.A. por indemnización por accidente (Ley Especial). La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo contestado por las partes, pero modificó las pautas de adecuación de la suma diferida: ordenó que la actualización se calcule conforme al considerando III (IPC más interés puro del 3% anual) y reguló costas y honorarios conforme al considerando IV.
¿Quién es el actor?
Rodrigo Fernando Vera.
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo indemnizatorio por accidente (causa por “ACCIDENTE LEY ESPECIAL”), con condena originaria en suma capital de $900.346,80 más accesorios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue materia de recursos y agravios, con la excepción de las pautas de adecuación de la suma diferida a condena, que deberá calcularse en los términos del considerando III; se regularon costas y honorarios conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
1) "Dados los límites a los que se halla ceñida la intervención de este Tribunal, se impone recordar que en la sentencia de la Sala II de la CNAT de fecha 24/10/2023 se elevó el monto de condena y se modificó la forma de actualizar el crédito del actor. ... En lo que aquí interesa se condenó a GALENO ART S.A. a abonar a Rodrigo Fernando Vera la suma de $900.346,80 ... con más los intereses 'de aplicación habitual en este fuero (cfr. Actas CNAT 2601, 2630 y 2658 –según los períodos que cada una involucran–), desde la fecha fijada en grado y hasta su efectivo pago, pero capitalizando los intereses con una periodicidad anual a partir de la fecha de notificación de la demanda.'"
2) "Para evitar esa licuación del crédito del trabajador, y vedadas –como vimos
- otras opciones, solo queda, entonces, recurrir a la última ratio del orden jurídico, que es la declaración de inconstitucionalidad, para el caso concreto, de las normas de las leyes 23.928 y 25.561 que vedan la actualización de los créditos. ... Removido ese obstáculo, considero que la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor, acompañado de una tasa de interés 'pura' del 3% anual, constituye un arbitrio razonable que contempla una ponderación objetiva de la realidad económica a partir de pautas de legítimo resarcimiento..."
3) "En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia de primera instancia en lo todo lo que ha sido materia de recursos y agravios, con excepción de las pautas de adecuación de la suma diferida a condena que deberá calcularse en los términos que se desprenden del considerando III; 2) Costas y honorarios conforme considerando IV."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; ambos jueces suscriben la resolución que confirma en lo principal y modifica la forma de adecuación de la condena.
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