BRIONES CORTEZ, ALEX ENRIQUE c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 20/10/2022 contra Galeno ART S.A. La Cámara modificó la sentencia apelada para que el capital de condena devengue intereses conforme al considerando V (actualización por RIPTE y régimen de mora según Decreto 669/2019 y art. 770 CCCN) y reguló costas y honorarios conforme a los considerandos VI y VII.
¿Quién es el actor?
Briones Cortez Alex Enrique.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamación por indemnización prevista en la Ley de Riesgos del Trabajo (recurso Ley 27.348) por incapacidad reconocida (16,35%) como consecuencia de accidente laboral del 20/10/2022.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada para disponer que el capital de condena devengue intereses conforme al considerando V y ordenó costas de Alzada y la regulación de honorarios de ambas instancias según los considerandos VI y VII.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes):
"Como es sabido, la facultad conferida a los jueces por el Código Civil y Comercial para fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por las partes o por leyes especiales."
"En casos anteriores, los integrantes de esta Sala hemos desechado la aplicación de este decreto 669/2019, por entender que resultaba evidente la inexistencia de circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes (art. 99 inc. 3 CN; esta Sala, S.D. 59.259 del 29/6/2018, 'Pérez, Noé c/ Experta ART SA s/ accidente – ley especial')."
"Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, y que el régimen previsto en la ley 27.348 no contempla la posibilidad de establecer un interés moratorio desde la fecha de la primera manifestación invalidante ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039."
"Sugiero entonces confirmar el pronunciamiento en lo referente a la adecuación mediante índice RIPTE y dejar sin efecto el interés adicional del 6% anual."
- Votos: El voto que funda la decisión fue el del Dr. Héctor C. Guisado, con adhesión del Dr. Manuel P. Díez Selva; no obra disidencia.
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