ALMADA, EMILCE NOEMI c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora demandó por indemnización por accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para ordenar que el capital de condena se actualice según el criterio expuesto en el considerando IV (ajuste por RIPTE y régimen de intereses moratorios según decreto 669/2019) y fijó costas y honorarios conforme considerandos V y VI.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Almada, Emilce Noemí (actora).
Demandado: Provincia ART S.A.
Objeto: Indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 08/06/2022; discusión sobre grado de incapacidad (16% reconocido en la sentencia de grado) y sobre la forma de actualización del capital de condena y la tasa de intereses aplicable; además se impugnan regulaciones de honorarios.
Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación y modificó la sentencia para que el capital de condena se ajuste conforme al considerando IV (aplicación del índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante y, en caso de mora, interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA con capitalización semestral), y dispuso costas de alzada y la regulación de honorarios conforme a los considerandos V y VI.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) Sobre la desestimación del agravio relativo a la incapacidad: "la mera reedición por las partes de los argumentos vertidos en las instancias anteriores o la remisión a ellos, no constituye una crítica concreta y razonada del pronunciamiento recurrido” (C.S.J.N., Fallos 285:19; 288:108; entre otros). "Esta deficiencia técnica del recurso sella negativamente su suerte... no puede haber agravio que atender en la alzada, pues no existe cabal expresión de éstos".
2) Considerando IV (criterio de actualización e intereses): "En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: '... Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización ... el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina... A partir de la mora en el pago de la indemnización será de aplicación lo establecido por el artículo 770 del Código Civil y Comercial acumulándose los intereses al capital...' ". El voto propone: "a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA ... acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039."
3) Considerando V (honorarios): "regular los estipendios del patrocinio letrado de la actora, de la representación letrada de la demandada, y del perito médico, en las respectivas sumas de $4.412.760,75 (67,75 UMAs), $3.608.256,17 (55,39 UMAs) y $1.265.181,22 (19,42 UMAs) valores actualizados a la fecha del dictado de la sentencia recurrida".
4) Considerando VI (costas de alzada): "las costas de Alzada sean impuestas a la demandada vencida (art. 68 del CPCCN) ... regular los honorarios de las representaciones letradas intervinientes por sus labores en esta etapa recursiva, en el 30% a cada una de lo que les corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; ambos jueces (Guisado y Díez Selva) adhieren al mismo sentido resolutorio.
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