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VEGA, LEOPOLDO ALBERTO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Demanda por accidente de trabajo para reclamar reparación de secuelas y minusvalía. La Cámara confirmó la sentencia apelada que rechazó la demanda, fundando su decisión en la plena eficacia del peritaje médico y en la falta de elementos que desvirtúen sus conclusiones.

Accidente de trabajo Art Peritaje medico Minusvalia Incapacidad Plena eficacia suasoria Costas Honorarios de alzada Confirmacion de sentencia Ley 24.557


¿Quién es el actor?

Vega, Leopoldo Alberto.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.
- Objeto de la demanda: Acción por accidente de trabajo (siniestro 7/7/2014) reclamando reparación por secuelas físicas y daño psicológico y reconocimiento de minusvalía laboral.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 30/7/2024 que rechazó la demanda en todo cuanto fue materia de recurso y agravios; se impusieron costas y honorarios de Alzada conforme al considerando IV (fijación del 30% sobre lo correspondiente por la instancia anterior).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En suma, el experto concluyó, respecto del actor, que 'del examen físico realizado y de los estudios solicitados surge que no presenta limitaciones funcionales ni secuelas generadoras de incapacidad en el marco de la ley 24.557 y el criterio del perito, presentando movilidad normal de la muñeca, fuerza (m5) y sensibilidad (s5) conservadas y funciones de la mano válidas (pinza, aro, puño y garra)'." "En lo que atañe a la esfera psicológica del accionante, el Dr. Paurici señaló que el trabajador 'se encuentra orientado en tiempo y espacio, mantiene normalmente su atención... en este sentido, concluyó que el Sr. Vega, en la actualidad, no presenta indicadores de estrés postraumático o trastornos de la personalidad vinculables con el accidente denunciado.'" "En síntesis, y dado que –como anticipé
- el dictamen que se cuestiona luce apto para dilucidar la cuestión controvertida, por estar adecuadamente fundado y guardar coherencia entre los procedimientos técnicos aplicados y los resultados a los que se arribó, coincido con la decisión de grado en cuanto otorgó a tal elemento probatorio plena eficacia suasoria." Además, la Cámara señaló la regla de valoración: el peritaje médico goza de presunción de idoneidad y debe aceptarse salvo que se aporten elementos doctrinales o pruebas que lo desvirtúen o que aparezca manifiestamente infundado; ello no ocurre en el caso. No hubo votos en disidencia: ambos jueces adhirieron y resolvieron conforme el bloque dispositvo.

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