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LARROZA, JULIO CESAR GASTON (PACTO CUOTA LITIS HOMOLOG) c/ DASSCOM S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

El actor demandó por despido contra Dasscom S.R.L. y otros reclamando reconocimiento de relación laboral. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda, imponiendo las costas de alzada a la parte actora y regulando honorarios de la representación letrada en el 30% de lo percibido en primera instancia.

Apelacion Despido Relacion laboral Valoracion de la prueba Art. 116 lo Costas de alzada Honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo Confirmacion de sentencia Ley 26.685


¿Quién es el actor?

Julio César Gastón Larroza.

¿A quién se demanda?

Dasscom S.R.L. y otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y reconocimiento de relación laboral.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
- Sala IX confirmó la sentencia dictada en la anterior instancia en lo que fue materia de apelación; además dispuso que las costas de alzada queden a cargo de la parte actora y reguló los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo que le correspondió por la anterior instancia. Se informó a las partes y peritos sobre la aplicación de la ley 26.685 y acuerdos de la CSJN para notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En cuanto a la queja principal, dirigida a cuestionar la valoración que se efectuó de los elementos de juicio obrantes en la causa en torno a la existencia de relación laboral con los demandados, habrá de desestimarse toda vez que se omite la crítica concreta y razonada que se exige en la ley adjetiva (art. 116 de la LO)." "En efecto, en la argumentación bajo examen se descalifica la ponderación que merecieron del juez de grado anterior la prueba informativa a Intranet S.A. y la declaración del testigo único Zapata sin hacerse cargo de las contradicciones destacadas por el sentenciante ni evidenciar puntualmente la manera en que a través de ambos medios probatorios se acreditaría la relación laboral invocada..." "Por tales razones, propondré que se confirme la sentencia dictada en la anterior instancia en lo que fue materia de apelación."
- Costas y honorarios: "Costas de alzada a cargo de la demandante vencida (conf. art. 68 del CPCCN)." y "Por las actuaciones desplegadas ante esta instancia, regúlense los honorarios de la representación letrada de la parte actora en el 30% de lo que le correspondió por la anterior instancia, conforme las pautas expuestas precedentemente y los arts. 16 y 30 de la ley 27.423."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el voto del Dr. Balestrini adhiere al voto del Dr. Fera.

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