SEGOVIA BARBARA NOEMI c/ CONSULTORIA Y GERENCIAMIENTO AMBIENTAL S.R.L. s/DESPIDO
La actora reclamó indemnizaciones por despido y rubros laborales contra Consultoría y Gerenciamiento Ambiental S.R.L. El Juzgado rechazó la demanda por entender acreditada la decisión extintiva de la empleadora por abandono de trabajo y ordenó imposición de costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Bárbara Noemí Segovia.
¿A quién se demanda?
Consultoría y Gerenciamiento Ambiental S.R.L.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnizaciones por despido (arts. 232, 233 y 245 LCT), incremento indemnizatorio (ley 25.323) y demás rubros laborales (haberes, SAC proporcional, vacaciones, certificados y aportes).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda en todas sus partes; se impusieron las costas a la actora; y se regularon honorarios profesionales en las cantidades y UMA indicadas.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En consecuencia, estaré a los términos de la carta documento del 11/09/2012 como acto rupturista."
"Dicho esto, cabe concluir que la relación laboral objeto de análisis finalizó el 11/09/2012 por decisión de la demandada en los siguientes términos: 'En atención al silencio guardado a mi carta documento Nº 10652938 ... la tengo por incursa en abandono de trabajo (art. 244 LCT) Liquidación Final y certificados de ley a su disposición' ... misiva a la que corresponde reconocer efectos notificatorios (v. fs 70 de Correo Argentino, cfr. Considerando I)."
"Cabe señalar que la figura de abandono de trabajo regulada en el art. 244 LCT se caracteriza por la concurrencia de dos elementos: a) la violación voluntaria e injustificada de los deberes de asistencia ... (elemento objetivo) y b) la indiferencia o desinterés frente a la intimación fehaciente cursada por el empleador ... (elemento subjetivo) ... Adelanto que, en el supuesto de autos, no se encuentra acreditado el elemento subjetivo."
"En efecto, ... la accionante en 17/09/2012 rechazó misiva e intimó en los siguientes términos: 'Rechazo su CD 306874892 ... Niego haber ausentado injustificadamente ... remití via fax el certificado médico ... Niego que el despido obedezca a el supuesto abandono de trabajo alegado por usted ... Denuncio discriminación ... Intimo abone daño moral ...' (TCL CD 230117842 ...)".
"No soslayo que, frente a la intimación efectuada por la empleadora el 04/09/2012 ... la Sra. SEGOVIA, refirió que se encontraba de licencia médica ... lo cierto es que entre la fecha de la intimación ... y decisión rupturista ... la actora no dio a conocer a la empresa la situación de salud que refirió en el inicio."
"En estas condiciones, dado que la empleadora intimó fehacientemente ... y que ésta guardó silencio a la intimación remitida, sin que exista prueba alguna que acredite la voluntad de la trabajadora a reintegrarse a su trabajo, considero que la decisión rupturista de la demandada resulto justificada (cfr. arts. 242 y 244 LCT)."
"En consecuencia, corresponde rechazar el reclamo por las indemnizaciones previstas por los arts. 232, 233 y 245 LCT, así como el incremento indemnizatorio del art. 2 de la ley 25.323."
"Por los argumentos expuestos, la acción será rechazada en todas sus partes (art. 726 del CCCN)."
- No hay votos en disidencia; la sentencia es dictada por el juez de primera instancia y resuelve en forma plena el juicio.
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