LUNA, LUCA ALEJO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador reclamó indemnización por incapacidad derivada de un accidente del trabajo ocurrido el 23/09/2022 contra la aseguradora Swiss Medical Art S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado y elevó la condena a $5.706.386,11 (más intereses) y confirmó lo demás objeto de apelación, imponiendo costas y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
LUNA, LUCA ALEJO.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reclamo indemnizatorio por incapacidad laboral definitiva derivada de un infortunio ocurrido el 23/09/2022, con cuestionamiento del mecanismo de actualización del monto de condena decidido en primera instancia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado y elevó el monto de condena a $5.706.386,11 con más los intereses según lo dispuesto en el considerando II del voto preopinante; confirmó la sentencia en lo restante objeto de apelación; impuso las costas de primera instancia a la aseguradora; reguló honorarios (actora 18%, demandada 16%, perito médico 8% del monto total de condena) y reguló honorarios ante esta sede en el 30% de lo que correspondiera por lo actuado en la anterior instancia; impuso costas de alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
1) “En atención a la vigencia del Decreto 669/19, lo expresamente normado en su art. 3º
- en consonancia con lo dispuesto por el art. 7 del CCyCN
- y toda vez que la propia ley 24557 ha delegado en el Poder Ejecutivo las facultades reglamentarias, corresponde, de conformidad con las modificaciones introducidas en la mencionada disposición normativa, sustituir el art. 12 de la ley de Riesgos del Trabajo y en su mérito, establecer su aplicación conforme la actual redacción al caso de autos.”
2) “De acuerdo con la pauta legal declarada aplicable al supuesto bajo análisis ‘…“ARTÍCULO 12.
- Ingreso Base. Establécese, respecto del cálculo del monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador, la aplicación del siguiente criterio: (…)’ A partir de ello, corresponde considerar las remuneraciones del actor correspondiente a los doce meses anteriores a la fecha del infortunio, esto es 23/09/2022, actualizadas por el índice RIPTE, el que asciende a $167.867,48. Desde el momento del accidente, y hasta la fecha de interposición del recurso ley 27348 (11/05/2023),
- oportunidad en que la Aseguradora debió haber puesto a disposición la indemnización correspondiente
- el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado, el que asciende a $283.958,67. De tal modo, en atención a esa base de cálculo y al porcentaje de incapacidad determinado en la sede anterior (12,25%), la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la ley 24.557 debida como consecuencia del infortunio objeto de reclamo, asciende $5.706.386,11 (53$283.958,6712,25%65/21) importe que resulta superior al piso mínimo garantizado dispuesto por la Res. N° 51/2022 el que asciende a $1.033.069,20 ($8.433.218 x 12,25%), por lo que se estará al cálculo indemnizatorio.”
3) “En consecuencia, la suma de $5.706.386,11 desde la interposición del recurso del art. 2 de la ley 27348, y hasta la fecha de la intimación judicial de pago, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral.”
- Votos y disidencia: Los votos firmantes (Dr. Álvaro E. Balestrini, preopinante; Dr. Mario S. Fera adhiriendo) coinciden en la solución adoptada; no se registra disidencia.
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