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HERNANDEZ RODRIGUEZ, CARLOS ALBERTO c/ SARGA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor demandó por despido (indemnizaciones y rubros salariales) contra URK S.A. y otras; la Cámara confirmó la sentencia en lo principal pero la modificó elevando el capital nominal a $669.926,46, ordenó actualizarlo y añadir intereses, y condenó solidariamente a URK S.A. y a Marcelo Daniel Cichewiez Slaceski al pago, además de recalificar costas y honorarios.

Despido Diferencias salariales Indemnizacion Responsabilidad solidaria Alteracion de liquidacion Actualizacion (ipc) Intereses (3% anual) Uma Lct Art. 59 y 274 l. 19.550


¿Quién es el actor?

CARLOS ALBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ.
- Demandadas: URK S.A., Marcelo Daniel CICHEWIEZ SLACESKI, RATAKA SA, SARGA SA, TRAZ SA y ZEDRAT SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido (art. 232, 233 y 245 LCT), diferencias salariales, rubros salariales integrativos de la liquidación final, indemnización por falta de entrega del certificado de trabajo y regulación de costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo principal y la modificó respecto del capital nominal, que quedó fijado en $669.926,46 (a actualizarse y con intereses establecidos en origen); se condenó solidariamente al pago del capital y los intereses diferidos a URK S.A. y Marcelo Daniel CICHEWIEZ SLACESKI; se dejó sin efecto lo dispuesto en materia de costas y honorarios y se impusieron costas de ambas instancias a URK S.A. y Cichewiez Slaceski, con excepciones para RATAKA, SARGA, TRAZ y ZEDRAT; se regularon honorarios (20 UMA al actor y 18 UMA a cada demandada en primera instancia y 30% de esos montos por la actuación ante la Cámara). Fundamentos principales (transcripciones relevantes):
- "En función de todo lo expuesto hasta aquí, propongo revocar este tramo de la sentencia y hacer lugar el reclamo por diferencias salariales por la suma de $ 251.656,94." (voto de la Dra. Vázquez, considerando V y cálculos).
- "Como consecuencia de las diferencias salariales devengadas, corresponde reliquidar los rubros salariales diferidos a condena ... Total $ 669.926,46" (voto de la Dra. Vázquez, cuadro de liquidación).
- "Se alude, naturalmente, a una responsabilidad de tenor excepcional... Como corolario de ello, no cabe sino revocar este tramo de la sentencia y extender la responsabilidad solidaria al codemandado Marcelo Daniel CICHEWIEZ SLACESKI en los términos de los artículos 59 y 274 de ley 19.550." (voto de la Dra. Vázquez, considerando VI).
- "Por otro lado, en lo atinente a la actualización del crédito y los accesorios... propicio confirmar lo decidido en la sentencia apelada sobre la actualización del capital y la tasa pura de interés al 3% anual, por considerarlas justas y razonables para preservar incólumes los créditos laborales reconocidos." (voto de la Dra. Vázquez, considerando VIII).
- Disidencia relevante: la Dra. María Cecilia Hockl adhirió en lo sustancial pero expresó disidencia respecto de la extensión de la responsabilidad personal de Cichewiez Slaceski (propuso confirmar la desestimación de la pretensión respecto de él). Asimismo la Dra. Hockl propuso usar índice RIPTE más interés puro del 6% (y dejó a salvo reducir el monto si en ejecución resulta más gravoso), pero acompañó mayoritariamente la solución de aplicar IPC más 3% por decisión de la Sala; su discrepancia quedó registrada como disidencia parcial en materia de responsabilidad personal y en la fundamentación alternativa sobre índices y tasa.

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