CORIA, DANIEL ESTEBAN c/ CBTEX S.R.L. s/DESPIDO
El trabajador demandó por despido sin justa causa y diferencias indemnizatorias. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado: fijó el capital de condena en $54.501,52, declaró la inconstitucionalidad de las prohibiciones legales de actualización monetaria y dispuso la aplicación del IPC-INDEC más interés del 3% anual; además reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
CORIA, Daniel Esteban.
¿A quién se demanda?
CBTEX SRL.
- Objeto de la demanda: acción por despido (despido sin justa causa) y liquidación de montos indemnizatorios, con reclamos adicionales por diferencias salariales y daño moral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijó el capital nominal de condena en $54.501,52, declaró la inconstitucionalidad de las normas de las leyes 23.928 y 25.561 en cuanto prohíben la actualización monetaria, y dispuso para el reajuste del crédito la aplicación del Índice de Precios al Consumidor (INDEC) desde que cada suma fue debida más un interés puro del 3% anual hasta su efectivo pago; dejó sin efecto la regulación de honorarios de la instancia anterior y los fijó de modo originario (18%, 16% y 7% para las representaciones y perito), confirmó lo demás que fue materia de apelación e impuso costas.
- Fundamentos principales (transcripciones literales de párrafos relevantes):
1) "De esta manera, la ausencia de la debida corrección, afecta la noción de reparación integral (art. 1740 CCyC), como el de la reparación constitucional del daño (art. 19 CN y caso “Aquino” del 21/9/2004 de la CSJN), correspondiendo a los jueces remediar las vulneraciones de derechos, máxime cuando como ocurre en el caso de autos se trata de derechos amparados a la luz de la Constitución Nacional, para asegurar las reglas de la tutela efectiva en un Estado Social de Derecho (CorteIDH, “Caso Reverón Trujillo vs Venezuela...")."
2) "Por ello y los demás fundamentos expresados en el precedente 'Carabajal' ya citado, sin perjuicio de mi opinión personal, teniendo en cuenta los acuerdos alcanzados por el voto de la mayoría de esta Sala ... decretada la inconstitucionalidad de las leyes 23982 y 25561 en cuanto en su parte pertinente prohíben la actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas, la que así declaro para el caso particular de autos, dispongo para el reajuste del crédito reconocido en las presentes actuaciones la aplicación desde que cada suma fue debida del Índice de Precios al Consumidor Nivel General que publique el INDEC, con más un interés puro del 3% anual por igual período, todo ello hasta el momento de su efectivo pago..."
3) "A tales efectos ... corresponde regular los honorarios correspondientes a la representación y patrocinio letrado de las partes actora y demandada, y al perito contador, en el 18%, 16% y 7%, respectivamente, sobre el capital e intereses de condena, que comprende la totalidad de sus trabajos efectuados en primera instancia ... que deberán ser convertidos a UMAS en la oportunidad de efectuarse la liquidación prevista en el artículo 132 de la LO."
- Disidencias: No se registra disidencia en el acuerdo; ambos votos se adhieren al dispositive expuesto.
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