GUIDALI, ALEJANDRA SOLEDAD c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora promovió recurso de apelación contra la sentencia laboral por accidente “in itinere” reclamando mayor condena. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral (Sala IX) modificó parcialmente la sentencia y elevó el capital de condena a $1.221.892,81, dejó la regulación de honorarios para resolución originaria y confirmó lo demás.
¿Quién es el actor?
GUIDALI, ALEJANDRA SOLEDAD.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por accidente “in itinere” sufrido el 12/08/2021; liquidación de incapacidad y prestaciones indemnizatorias (capital e intereses), más honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia para elevar el capital de condena a $1.221.892,81; se dejó sin efecto lo resuelto en origen sobre honorarios y se determinó ese asunto de manera originaria ante la Cámara; se regularon honorarios por los trabajos desarrollados en primera instancia en 18% (actora), 16% (demandada) y 8% (perito) sobre el nuevo capital e intereses; se confirmó la sentencia de la instancia anterior en lo demás; se impusieron costas a la aseguradora; se reguló además el 30% por los trabajos efectuados ante esta Sede para la representación letrada de cada parte.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"IV. En ese marco, con sustento en la nueva incapacidad del 16,5% de la total obrera y conforme los restantes parámetros liquidatorios que se encuentran firmes, el nuevo capital de condena asciende a la suma de $ 1.221.892,81 (Pesos un millón doscientos veintiún mil ochocientos noventa y dos con ochenta y un centavos) -$ 81.685,23 x -65/38 – x 53 x 16,5%
- por lo que propongo modificar la sentencia en el asunto referido."
"VII. A tales efectos y en atención al mérito y extensión de la labor desarrollada en la primera instancia por los profesionales que actuaron en estos autos y al nuevo resultado del pleito que he dejado propuesto, corresponde regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de las partes actora y demandada y al perito médico, en el 18%, 16% y 8%, respectivamente, sobre el nuevo capital e intereses de condena, que comprende la totalidad de los trabajos efectuados en primera instancia (cfr. art. 1.255, CCCN, art. 38, ley 18.345 y cctes. de la ley arancelaria...)."
"Por lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: 1) Modificar la sentencia de primera instancia y elevar el capital de condena a la suma de $ 1.221.892,81 ...; 2) Dejar sin efecto lo resuelto en origen sobre honorarios y determinar ese asunto de manera originaria ante esta Sede; 3) Por los trabajos profesionales desarrollados en primera instancia regular los honorarios ... en el 18%, 16% y 8%...; 4) Confirmar la sentencia de la instancia anterior en lo demás que decide y ha sido materia de apelación; 5) Imponer las costas originadas ante esta Sede a cargo de la aseguradora; 6) Regular por los trabajos efectuados ante esta Sede, a la representación letrada de cada una de las partes, el 30% ..."
- Votos: El voto principal que fundamenta la modificación fue el del Dr. Roberto C. Pompa; el Dr. Mario S. Fera adhirió. No consta disidencia.
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