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MOYANO, ORLANDO ARGENTINO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó daño por accidente de trabajo contra Asociart ART S.A.; la Cámara modificó la sentencia de grado y dispuso que las costas de la citación de Consultora Videco S.A. se impongan a Asociart ART S.A., además de regular los honorarios de la representación de Videco S.A.

Accidente de trabajo Ley 24557 Costos de citacion Honorarios Consultora videco s.a. Asociart art s.a. Apelacion Art. 68 cpccn Art. 38 lo Art. 30 ley 27.423


¿Quién es el actor?

MOYANO, Orlando Argentino.

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A. (con tercería/tercera citada Consultora Videco S.A.).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (Ley 24.557
- riesgos del trabajo).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada e impuso las costas respecto de la tercera citada Consultora Videco S.A. a Asociart ART S.A.; ordenó regular los honorarios de la representación letrada de Consultora Videco S.A. conforme al considerando II; y fijó costas y honorarios en la Alzada según los considerandos II y III.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "Ahora bien, arriba firme la conclusión de grado relativa a que: 'En relación a CONSULTORA VIDECO S.A. … cabe precisar en primer lugar que el reclamo de autos se funda en las normas de la ley 24557; que la citada, empleadora de la accionante, tenía suscripto al momento del siniestros, contratos de afiliación con Asociart ART S.A. cumplimiento con lo normado por el art. 27 de la ley citada, por lo que a su respecto, se impone el rechazo de la demanda instaurada' y al momento del resuelvo señaló: '4) Liberar de toda responsabilidad a la citada como tercero CONSULTORA VIDECO S.A. Con costas, por su orden'." "En este orden de ideas y en tanto fue a solicitud de Asociart ART S.A. traer a juicio a la empleadora del actor, y ante el resultado de la contienda, sugiero modificar lo dispuesto en grado, e imponer las costas de la citación de Consultora Videco S.A. a la ART demandada; y las de alzada disponerlas del mismo modo (art. 68 CPCCN)." "Asimismo, ante la omisión incurrida en grado, sugiero fijar los honorarios de la representación letrada de Consultora Videco S.A. en el 14% del monto de condena, incluidos los intereses." "Con arreglo a lo establecido en el art. 38 LO y el art. 30 de la ley 27.423, corresponde fijar los honorarios de los profesionales intervinientes, por sus labores en esta etapa, en el 30% de los que les correspondan por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior."
- Votos: Los Dres. Manuel P. Díez Selva y Héctor C. Guisado votaron en acuerdo por la modificación y las regulaciones de costas y honorarios; no consta disidencia.

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