ALONSO, PATRICIA LILIANA c/ NATUREL S.A. s/DESPIDO
Actora demandó por despido y reclamo de categorías y remuneraciones no registradas. La Cámara modificó parcialmente la condena reduciendo el monto final a $1.138.927,71 y confirmó el resto de la sentencia de primera instancia, imponiendo costas y regulación de honorarios conforme al considerando VIII.
¿Quién es el actor?
Patricia Liliana Alonso (actora).
¿A quién se demanda?
Naturel S.A. (empleadora) y codemandados.
- Objeto de la demanda: Acciones por despido sin causa (art. 242 LCT), reclamo por categorización indebida (promotora B vs. gerenta zonal), pagos por fuera de registro (premios) y aplicación de sanciones/indemnizaciones previstas en leyes 24.013 y 25.323; pedido de actualización y accesorios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado reduciendo el monto final de condena a $1.138.927,71 con más la actualización e intereses dispuestos en el fallo de grado; confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo demás objeto de recurso; y dispuso costas y honorarios conforme al Considerando VIII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"En este sentido, basta confrontar los términos de la comunicación rescisoria para advertir que en aquella se consigna –sin precisión alguna
- supuestas 'casi nula actividad de visita a las aspirantes a revendedoras' sin siquiera exponer, ni aún someramente, cuáles serían –desde su hipótesis
- cuáles habrían sido las 'visitas no realizadas'."
"De este modo, las declaraciones testimoniales precedentemente analizadas, acreditan que las tareas de Alonso excedían la mera promoción de productos, como sostuvo la demandada en respaldo a su postura, ya que todas señalaron en forma coincidente su condición de 'gerenta zonal', con un grupo de revendedoras a cargo y que debía realizar la organización y coordinación de ventas, pagos, cobranzas y conferencias promocionales."
"Por todo lo expuesto, propongo confirmar el fallo de grado en cuanto consideró injustificado el despido de la actora."
"Sugiero entonces revocar la sentencia en este aspecto y rechazar el reclamo de la indemnización del artículo 15 de la ley 24.013."
"Removido ese obstáculo, considero que la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor, acompañado de una tasa de interés 'pura' del 3% anual, constituye un arbitrio razonable que contempla una ponderación objetiva de la realidad económica... En consecuencia, a fin de evitar caer en una reformatio in pejus para la accionada -única que cuestionó el tópico en estudio-, sugiero confirmar el fallo de grado en el tópico en estudio."
(Se aclara que los párrafos citados integran los fundamentos del voto mayoritario que llevaron a la modificación parcial del monto y a la confirmación del resto de la sentencia; no constan votos en disidencia que modifiquen lo resuelto.)
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