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MUHAMED, GASTON EZEQUIEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó por indemnización por accidente de trabajo derivado del siniestro del 4/10/2021 y reclamó incapacidad. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia apelada y hizo lugar parcialmente al reclamo, condenando a la aseguradora a pagar $982.217,81 más adecuación, con costas y honorarios.

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¿Quién es el actor?

Muhamed, Gastón Ezequiel (trabajador).

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo / demandada).
- Objeto de la demanda: reclamo por indemnización por accidente de trabajo (acontecimiento del 4/10/2021) por secuelas incapacitantes (lesión en rodilla derecha, daño psicológico reclamado).

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia apelada y se hizo lugar parcialmente al reclamo del trabajador; se condenó a la demandada a abonar $982.217,81 dentro del quinto día mediante depósito en autos, con más su adecuación según el criterio establecido en el considerando VII; costas y honorarios en ambas instancias, conforme al considerando VIII.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "V. Entonces, admitido implícitamente el siniestro con carácter laboral, y con el propósito de dilucidar este aspecto de la lid, se requirió la opinión de un profesional en medicina, quien luego de examinar semiológicamente al demandante, en cotejo con los resultados arrojados por los estudios médicos complementarios solicitados al efecto, concluyó que aquél posee, como consecuencia del siniestro de fecha 4/10/2021, un síndrome meniscal con signos objetivos en tanto se observó una 'manifestación de gonalgia derecha con alteración de la movilidad, signos meniscales positivos, articulaciones estables'. ... Por dicha lesión, el especialista en la materia consideró un 10% de incapacidad laboral." "VI. ... La parte actora, en su escrito recursivo, denunció un ingreso base de $90.307,61... Dado el porcentaje de incapacidad antes sugerido, el resultado de la fórmula indemnizatoria alcanza a $982.217,81 (53 x $90.307,61 x 11,05% x
- 65/35-). Dicho capital es superior al piso mínimo que establece la Resolución de la S.R.T. 49/2021 ($5.044.408 x 11,05%= $557.407,08). En síntesis, el capital final de condena alcanza a $982.217,81." "VII. Dicha suma devengará intereses desde el 4/10/2021 (fecha del hecho dañoso). ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la LO mediante el índice RIPTE; b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral..."
- Votos / disidencias relevantes: los Dres. Manuel P. Díez Selva y Héctor C. Guisado votaron por la revocación y la condena en los términos indicados; no consta disidencia.

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