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PASSARELLI, ROSANA GABRIELA c/ COTO C.I.C. S.A. s/DESPIDO

Reclamo por despido y nulidad de convenio de desvinculación. La Cámara confirmó la sentencia de grado respecto de la extinción por mutuo acuerdo y rechazó los agravios de la actora, pero modificó la regulación de honorarios elevando los del perito contador y ordenó costas y honorarios de alzada conforme al considerando IV.

Despido Mutuo acuerdo Art. 241 lct Nulidad de convenio Honorarios perito Uma Costas Indemnizacion art.80 lct Camara de apelaciones Laboral


¿Quién es el actor?

Passarelli, Rosana Gabriela.

¿A quién se demanda?

Coto C.I.C.S.A.
- Objeto de la demanda: demanda por despido (s/despido) y nulidad del convenio de desvinculación, reclamando indemnizaciones (art. 80 LCT entre otros) por entender que la extinción fue un despido encubierto y que el convenio fue celebrado sin la debida homologación y consignando remuneración inferior.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo cuanto fue materia de apelación y agravios excepto en la regulación de honorarios del perito contador, que fueron elevados conforme al considerando IV; además dispuso costas y honorarios de alzada según dicho considerando.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes): "Planteada así la cuestión, no cabe más que confirmar la decisión de grado." "Cabe concluir que se trató de un mutuo acuerdo en los términos del art. 241 de la LCT, a tenor del cual la demandada abonó una suma por la finalización del contrato de trabajo, que noó 'gratificación'... el convenio en cuestión da cuenta de que las partes convinieron, de mutuo y común acuerdo, su celebración a fin de finiquitar todas y cada una de las cuestiones pendientes de la relación laboral que los vinculó, y en 'que ambas partes han llegado a un acuerdo para la extinción de la relación laboral que los une con efecto a partir del día de la fecha'." "No ha quedado constatada de ningún modo la simulación ilícita ... es decir, que la extinción en el marco del art. 241 primer párrafo encubrió un despido directo y sin justa causa." Respecto de honorarios: "considero que los honorarios regulados a favor del perito contador resultan reducidos, por lo que propongo su elevación a la cantidad de 7 UMA, por la totalidad de las tareas realizadas en autos." (No hubo voto en disidencia; la Dra. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.)

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