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SILVA DE ALMEIDA, JORGE RICARDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó el actor por accidente laboral contra GALENO ART S.A. y se condenó a la aseguradora. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia: declaró inconstitucionales las prohibiciones de actualización de las leyes 23928 y 25561 y ordenó reajustar el crédito con el Índice de Precios al Consumidor (INDEC) más 3% anual, confirmando la sentencia en lo demás.

Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Actualizacion monetaria Ipc-indec Interes 3% anual Ley 23928 Ley 25561 Reparacion integral Costas y honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

SILVA DE ALMEIDA Jorge Ricardo.

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente laboral (Ley Especial) y prestaciones indemnizatorias por daño psicofísico. Hecho relevante: fecha del hecho reclamada 19/06/2014; sentencia de primera instancia de fecha 30/09/2024.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para declarar la inconstitucionalidad de las normas de las leyes 23928 y 25561 en cuanto prohíben la actualización monetaria, y dispuso que el reajuste del crédito se practique aplicando desde que cada suma fue debida el Índice de Precios al Consumidor Nivel General que publique el INDEC más un interés puro del 3% anual hasta su efectivo pago, con depósito judicial en el plazo indicado; en todo lo demás la sentencia de primera instancia fue confirmada. Asimismo se regularon costas y honorarios (costas de alzada a cargo de la parte demandada recurrente y regulación de honorarios en los porcentajes indicados).
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes): 1) Sobre la inconstitucionalidad de las prohibiciones de actualización: "De manera que los impedimentos de las leyes 23928 y 25561, en cuanto prohíben todo tipo de ajuste por depreciación monetaria, no pueden superar la valla que impone la propia Constitución Nacional." 2) Sobre la necesidad de repotenciar la deuda frente a alta inflación y protección de créditos alimentarios: "la adecuación del crédito por la mera aplicación de las tasas legales sin su corrección por la desvalorización monetaria, conduce a resultados que llevan a la pulverización del valor del crédito, alcanzando niveles que deben ser considerados confiscatorios... afectando derechos de contenido alimentario (CSJN, Fallos 308:1336) de personas que gozan de preferente tutela constitucional (art. 14 bis CN)". 3) Resolución práctica del reajuste: "dispongo para el reajuste del crédito reconocido en las presentes actuaciones la aplicación desde que cada suma fue debida del Índice de Precios al Consumidor Nivel General que publique el INDEC, con más un interés puro del 3% anual por igual período, todo ello hasta el momento de su efectivo pago, mediante depósito judicial en autos dentro del plazo de 5 días de practicada la liquidación prevista por el artículo 132 de la L.O. y sin perjuicio de su eventual ajuste..."
- Votos/diferencias: El voto del Dr. Roberto C. Pompa expone en detalle el razonamiento y propuso las soluciones; el Dr. Álvaro E. Balestrini adhirió "en lo sustancial". No consta disidencia en la parte resolutiva.

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