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ALTAMIRANO, HECTOR ABEL c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Altamirano promovió demanda por accidente bajo la ley especial contra EXPERTA ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IX) confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, impuso las costas de alzada a la demandada y reguló honorarios por el 30% para cada representación.

Accidente de trabajo Incapacidad psicologica Pericia medica Intereses desde accidente Costas de alzada Honorarios 30% Ley 26.773 Ley 26.685 Sala ix Apelacion


¿Quién es el actor?

Altamirano Héctor Abel.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (Ley especial) con determinación de incapacidad psicológica y cuantías correspondientes; impugnaciones sobre pericia médica, cómputo de intereses y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado "en todo lo que decidide y que ha sido materia de apelación y de agravios"; impuso las costas de alzada a cargo de la parte demandada; reguló los honorarios de las representaciones letradas por la actuación ante esta instancia en el 30% para cada una de ellas y ordenó comunicar a las partes y peritos la vigencia de la Ley 26.685 y los acordadas de la CSJN referidos a notificaciones y presentaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto tal cual en la sentencia): "Estimo que la queja no debe prosperar, por cuanto constituye una mera discrepancia con relación a los fundamentos esbozados por la magistrada que me precede en la resolución cuestionada, incumpliendo con el requisito de admisibilidad previsto en el artículo 116 de la ley 18.345." "En mi opinión, la pericial aludida reviste pleno valor probatorio y fuerza convictiva a la luz de las reglas de la sana crítica, a los efectos de dilucidar la presente litis y no alcanza a ser relativizada por la controversia suscitada en torno al primigenio porcentual de incapacidad dictaminado por el experto médico, ya que ha sido elaborada sobre la base de los exámenes médicos y estudios complementarios practicados al trabajador y se sustenta en fundamentos y bases científicas técnicas propias de la profesión..." "Por lo tanto, de la forma que vino planteado el agravio, propongo desestimarlo y confirmar lo decidido en origen." "Tengo en cuenta que, más allá de las manifestaciones efectuadas por la recurrente, en el caso resulta aplicable la ley 26.773... los intereses deben correr desde la fecha del accidente denunciado en autos (29/09/2020)." "En consecuencia, teniendo en cuenta las constancias de autos, la importancia, complejidad, extensión, mérito, y calidad de las tareas llevadas a cabo, ... considero que los mismos resultan adecuados, por lo que he de proponer su confirmación."
- Votos en disidencia: no se registra disidencia; el Dr. Mario S. Fera adhirió al voto del Dr. Pompa y el acuerdo se plasmó en el dispositivo transcripto.

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