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OCAMPO, DAVID EMANUEL (4B) c/ DATCO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Reclamo por despido directo e indemnizaciones y horas extras. La Cámara confirmó el decisorio de primera instancia en lo principal (rechazo de las pretensiones) pero modificó la cuestión de las costas: las impone por su orden y las comunes por mitades, y reguló honorarios por los trabajos en alzada en un 30% de lo que corresponda por la instancia anterior.

Despido directo Horas extras Costas Honorarios Cpccn art. 68 Apelacion Camara nacional de apelaciones del trabajo Regulacion de honorarios Costas por su orden Costas comunes por mitades


¿Quién es el actor?

OCAMPO DAVID EMANUEL.

¿A quién se demanda?

DATCO S.A. y otro.
- Objeto de la demanda: acción laboral por despido (se discutió si fue despido directo o indirecto), indemnizaciones derivadas del despido y reclamo de horas extras; apelación del perito por sus honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IX) confirmó en lo principal la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y desestimó los reclamos de indemnizaciones y de horas extras, pero modificó la resolución de primera instancia respecto de las costas: las costas originadas en la instancia anterior se imponen por su orden y las comunes por mitades; las costas originadas ante la Cámara se imponen por su orden; y se regularon honorarios por los trabajos efectuados ante la Cámara en el 30% de lo que, en definitiva, corresponda percibir a cada representación letrada por los trabajos desarrollados en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "II. El primer disenso articulado por el actor sobre el rechazo de las indemnizaciones derivadas del despido directo, en mi opinión, no ha de obtener favorable recepción... En ese marco concreto, la cuestión materia de debate relacionada con la forma de disolver el contrato de trabajo se analizó en ese sentido como un despido directo. ... la Sra. jueza de origen en su sentencia da sus fundamentos a los fines de considerar que el despido directo fue debidamente probado por lo que rechazó las indemnizaciones peticionadas por el Sr. Ocampo en ese marco." "III. Correrá igual suerte la queja articulada por el reclamante sobre el rechazo del reclamo sobre horas extras por cuanto lo aportado por el apelante en ese sentido resulta insuficiente a los fines de desvirtuar el análisis realizado en la anterior instancia... teniendo en cuenta la insuficiencia probatoria que resulta de estos actuados... propongo confirmar la sentencia de origen en el asunto expuesto." "IV. En cambio, ha de obtener favorable recepción la queja articulada por el apelante sobre lo resuelto en origen en cuanto se impusieron las costas allí ocasionadas a su cargo... con fundamento en la excepción establecido en la parte final del artículo 68 del CPCCN al principio general allí dispuesto, sugiero modificar este asunto materia de debate e imponer las costas originadas en la instancia anterior por su orden y las comunes por mitades."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el Dr. Mario S. Fera adhirió al voto que antecede.

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