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GOMEZ VELASQUEZ, SIRAID GISELLY c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Demanda por accidente de trabajo in itinere para percibir indemnización por incapacidad parcial. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijó la condena en $6.043.628 y dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, imponiendo además costas a la demandada y regulando honorarios conforme al acuerdo.

Accidente de trabajo In itinere Ley 24.557 Dnu 669/2019 Ripte Indemnizacion Costas Honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo Monto condena $6.043.628


¿Quién es el actor?

GÓMEZ VELASQUEZ, Siraid Giselly.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reparación por accidente de trabajo (in itinere) y determinación de indemnización conforme ley de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó el monto de condena en $6.043.628, ordenó el pago conforme a los intereses indicados en el fallo, dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de la primera instancia, impuso las costas de primera instancia a la demandada, reguló honorarios (actora 18%, demandada 16% y perito 8% sobre monto total; adicionalmente 15% para la representación de la demandada sobre lo que le corresponda percibir por su actuación en la sede de origen), e impuso las costas de la alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "A partir de lo anterior, corresponde considerar las remuneraciones de la actora correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha del infortunio, actualizadas cada una de ellas por el índice RIPTE, que asciende a la suma de $367.331,80 (de acuerdo al informe de situación previsional de la AFIP de fs. 60)." "Desde el momento del accidente (11/11/2022), y hasta la fecha de la interposición del recurso el 07/06/2023 ... el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado, que arroja el total de $603.337,13 $367.331,80 ($34.583,73/$11.497,72)]." "De tal modo, dado el ingreso base mensual resultante $603.337,13, la edad del accionante al momento del suceso (48 años), y la minusvalía (14%), la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la ley 24.557 debida como consecuencia del infortunio objeto de reclamo, asciende $6.043.628,03 (53 x $603.337,13 x 14% x 65/48 -1,35-) importe que resulta superior al piso mínimo garantizado dispuesto por la Res. SRT 51/22 ... por lo que debe estarse al importe que determina aquél primero."
- Votos y disidencias relevantes: El Dr. Mario S. Fera emitió el voto que motivó la modificación y cálculos arriba transcritos; el Dr. Roberto C. Pompa adhirió al voto. No consta disidencia.

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