MONTES DE OCA, IGNACIO c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamo por accidente de trabajo contra Prevención ART S.A. por incapacidad e indemnización. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena de primera instancia, fijó el capital nominal en $486.535,99 y sostuvo la aplicación de los intereses según lo dispuesto en el considerando III.
¿Quién es el actor?
Ignacio Montes de Oca.
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (Ley de Riesgos del Trabajo) y determinación de incapacidad y monto indemnizatorio.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado en cuanto pronuncia condena y se fijó el capital nominal en la suma de $486.535,99, que llevará los intereses dispuestos en el considerando III; se impusieron las costas de primera instancia y de Alzada a la demandada; y se regularon los honorarios de los letrados y perito conforme a las UMAs indicadas y al 30% por escritos de Alzada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En tal sentido y dado que no se ha dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 116, L.O., no encuentro elementos para modificar lo dispuesto."
"En base a los análisis efectuados, propongo dejar sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 23.928."
"Por ello y demás argumentos expuestos en la sentencia referida, que aquí se dan por reproducidos en homenaje a la brevedad, propongo se declare la inconstitucionalidad de los apartados 2° y 3° del artículo 12 de la ley 24557 -según la redacción del artículo 11° de la ley 27348
- y se determine que, al crédito del actor, se le adicione como interés moratorio, el CER, desde la fecha de su exigibilidad, hasta el efectivo pago."
"El método aplicado en grado no se ajusta a las pautas fijadas por la ley 27.348, que modificó el artículo 12 de la ley original y, por ende, el modo de su cálculo. Por ello, de acuerdo a las pautas fijadas por la citada norma, el IBM será fijado en la suma de $ 74.370,52.-, conforme a la planilla ... y de conformidad al cálculo obtenido por la aplicación de la CNAT -Oficina de Informática-"
"Sentado ello, corresponde readecuar el capital de condena. El mismo será fijado en la suma de $ 486.535,99.-, conforme los siguientes guarismos: art. 14.2 a), ley 24557: $405.446,69.
- (53 x 74.370,52 x 6,33% x 65/40) y Art. 3 Ley 26.773: $81.089,34.-"
- Votos en disidencia: No se registran disidencias; la Dra. María Dora González adhiere al voto del Dr. Pesino.
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