OLIVERA, ANA ELIZABETH c/ CLEAN MAN SOCIEDAD ANÓNIMA Y OTROS s/DESPIDO
La perita contadora y la apoderada de la actora apelaron la cuantía de sus honorarios en autos por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar y elevó los honorarios del perito médico a $200.000 a valores actuales por resultar reducidos conforme a las pautas arancelarias aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: OLIVERA, ANA ELIZABETH (actora en el expediente de despido).
Demandado: CLEAN MAN SOCIEDAD ANÓNIMA y otros.
Objeto: Expte. por despido; en esta instancia se debatió la cuantía de honorarios de peritos (perita contadora y perito médico) fijados en la sentencia de primera instancia.
Decisión: La Cámara resolvió elevar los honorarios del perito médico a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), a valores actuales, disponiendo su registro, notificación y cumplimiento de normas procedimentales. Se deja constancia de que el Dr. Alejandro Sudera no votó conforme al art. 125 L.O.
- Fundamentos principales de la decisión (citas textuales relevantes):
"Los recursos deducidos por la experta contable y por la letrada apoderada de la parte actora cuestionan la cuantía de los honorarios fijados a cada una de ellas, por considerarlos reducidos."
"Si bien el experto en medicina no pudo concluir su labor para la cual fue desinsaculado pues las partes arribaron a un acuerdo; lo cierto es que acepto el cargo e hizo presentaciones posteriores, por lo tanto en atención a lo manifestado y a la pautas arancelarias utilizadas en origen (art. 2 inc. b) cuarto párrafo de la ley 27.348 (art. 38 de la ley 18.345, en la ley 21.839 -conf. ley 24.432
- y el Dec. Ley 16.638/57, conf. art. 2° Decreto 157/18); los honorarios cuestionados lucen reducidos, en consecuencia, se elevan a la suma de $ 200.000, a valores actuales."
(Se aclara que el voto decisorio es el consignado en la parte resolutiva; el Dr. Alejandro Sudera no votó en virtud de lo normado en el art. 125 de la L.O.)
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