Logo

PEREZ, ZULMA JORGELINA c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora impugnó el rechazo de su reclamo por accidente/ enfermedad laboral. La Cámara confirmó la sentencia de grado por insuficiencia probatoria del nexo causal entre el daño y la contingencia laboral y condenó en costas y honorarios de alzada.

Riesgos del trabajo Accidente laboral Nexo causal Prueba pericial medica Insuficiencia probatoria Costas Honorarios de alzada Ley 24.557 Ley 27.348 Apelacion


¿Quién es el actor?

Pérez Zulma Jorgelina (la trabajadora/actora).

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A. (empresa aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: Reclamo por incapacidad/daño derivado de accidente o enfermedad laboral (acción Ley 27.348 / Ley 24.557).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; se impusieron costas y honorarios de Alzada conforme los considerandos VI.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): 1) “la parte que afirma un hecho controvertido invocado como presupuesto de su pretensión, defensa o excepción quien carga con la prueba de ello (cfr. Carlos Eduardo Fenochietto, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación comentado, pág. 377, Edit. Astrea, Bs. As. 2000). Y en ese sentido considero que la prueba rendida en el expediente referida a dichos aspectos resultó insuficiente para tenerlos por probados. Dicha circunstancia basta para sellar la suerte adversa del planteo, dado que no existe prueba en autos que avale los asertos de la parte actora.” 2) “la existencia o no de relación de causalidad entre una contingencia profesional y una incapacidad exige una valoración de índole jurídica. Así, la prueba pericial médica tiene importancia sólo a los fines de determinar la existencia de una afección y a si las causas invocadas por éste pudieron ser aptas para generar dicho daño; por lo que la circunstancia por sí sola de que Pérez Zulma Jorgelina presente las secuelas que indica la especialista médica no demuestra que las mismas deriven de las tareas realizadas para cumplir con su débito profesional…” 3) “no es el perito médico quien debe decidir si existe una relación causal entre las incapacidades que pueda evidenciar padecer la trabajadora y el hecho denunciado, pues los médicos no asumen ni podrían hacerlo, el rol de jueces en la apreciación de la prueba en relación con los dichos debatidos en la causa (CNAT, Sala VII, 29/08/1997, ‘Zabala, Juan E. c/ Ardana S.A.’).”
- Disidencias: No hay voto en disidencia; ambos jueces (Guisado y Díez Selva) adhieren a confirmar la sentencia y a imponer costas y honorarios de alzada conforme considerandos VI.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar