ECHAGUE REMON, DAMIAN ALBERTO FERNANDO c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por las consecuencias de un accidente ocurrido el 14/12/2022 y reclamó indemnización contra OMINT ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I, confirmó la sentencia apelada, mantuvo la condena en $14.496.494,34, las costas a cargo de la demandada y reguló honorarios de Alzada en 30% para cada representación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Echague Remon, Damian Alberto Fernando.
Demandado: OMINT ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
Objeto: Indemnización por infortunio/accidente laboral ocurrido el 14/12/2022; impugnación de la aplicación del DNU nº 669/19 y de los criterios de cálculo de intereses y capitalización; impugnación de costas y de emolumentos.
Decisión: La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de recurso y agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló los honorarios de las representaciones letradas de la actora y de la accionada en el 30% para cada una de ellas, de lo que les corresponda percibir por sus labores en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
- "Quien me precedió en el juzgamiento hizo lugar -en lo principal
- al recurso interpuesto por el Sr. Echague en relación con el infortunio que protagonizó el día 14/12/22 y condenó a la aseguradora demandada a abonarle la suma de $14.496.494,34, determinada de acuerdo a lo establecido por el DNU n° 669/19. Asimismo, dispuso que desde la interposición del recurso (20/03/2024) y hasta la fecha de la intimación judicial de pago, dicha cifra devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco Nación, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral."
- "En tal inteligencia, destaco que -de manera sostenida
- adopté una posición refractaria a la capitalización de los accesorios con una periodicidad anual, en sentido concordante a las consideraciones recientemente trazadas por el máximo Tribunal al pronunciarse in re 'Oliva, Fabio Omar c/ Coma S.A. s/ despido' (sentencia del 29/02/2024)."
- "Siendo ello así, mantener mi voto minoritario –y, por tanto, una solitaria postura, que no logró conformar la sentencia como una unidad lógico-jurídica, que es su atributo fundamental– podría menoscabar los propósitos recién enunciados. En suma, de acuerdo a lo expuesto, propongo la confirmación de lo decidido en grado."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el Dr. Catani adhiere al voto de la Dra. Hockl y el acuerdo final confirma la sentencia apelada.
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