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CORREA, HUGO JAVIER c/ MARINELLI, WALTER HECTOR Y OTROS s/DESPIDO

Demandado apeló la condamnatoria por despido; la Cámara confirmó la sentencia y el pronunciamiento apelado, imponiendo a los demandados apelantes las costas de Alzada y fijando honorarios de Alzada del 30% de lo que correspondan percibir por los trabajos de primera instancia.

Recurso de apelacion Despido Relacion laboral Prueba testifical Registro nacional de la propiedad automotor Competencia territorial Costas de alzada Honorarios 30% Lct articulos 21 y 22 Jurisdiccion trabajo


¿Quién es el actor?

Hugo Javier Correa.
- Demandados: Walter Héctor Marinelli y otros (entre ellos Valeria Torres y Brian Axel Turrini).
- Objeto de la demanda: acción por despido/relación de dependencia (reconocimiento de vínculo laboral y remuneraciones).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia interlocutoria de fecha 20/05/2019 y confirmó el pronunciamiento apelado en todo cuanto decide y fue motivo de recurso; además impuso los gastos de Alzada íntegra y solidariamente a los demandados apelantes y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de lo que les corresponda percibir por los trabajos de primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "Conforme pacífica jurisprudencia de esta Cámara, basta que uno de los sujetos demandados luzca domiciliado en este ejido capitalino para la apertura de la competencia territorial de esta Justicia Nacional del Trabajo, a la luz de lo establecido en el artículo 24 de la ley 18.345 y, en especial, las prescripciones del artículo 5, inc. 5º del Cód. Procesal... Ergo, resulta irreprochable el temperamento anterior de desechar la excepción sometida a escrutinio, criterio que conduce a confirmar el pronunciamiento interlocutorio dictado en fecha 20/05/19." "Y es que, cuando se examinan armónicamente los testimonios que anidan en el expediente, se advierte con claridad que éstos convergen, desde ópticas diferentes pero complementarias, en una misma matriz de hechos: la prestación regular y constante, por parte del accionante, de servicios de recolección de valores derivados de la actividad comercial desplegada por los codemandados Marinelli y Torres... Aún a riesgo de incurrir en obviedades, esa circunstancia que no puede reputarse meramente anecdótica, en tanto refleja, con un grado de objetividad a todas luces categórico, la existencia de una relación operativa previa y directa entre los aquí codemandados y el trabajador reclamante." "Frente al entramado probatorio precedentemente delineado, cuyo equilibrio y solidez no surge opacado ni contrastado por ninguna evidencia que se pronuncie en sentido contrario, entiendo que las objeciones articuladas por Marinelli en aras de horadar la solvencia de las testificales antedichas no alcanzan... así lo entiendo por reparar en que dichas impugnaciones lucen afincadas sobre aspectos laterales de sendos relatos... que, aún si se admitieran como ciertos, no tendrían entidad para desmentir el núcleo duro de los hechos acreditados: esto es, que el actor prestaba tareas de recaudación, en forma habitual, bajo coordinación de los aquí codemandados, en beneficio de una unidad económica que, por su configuración estructural, puede ser considerada como una organización ajena en los términos de los artículos 21 y 22 de la LCT."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; el Dr. Catani adhirió al voto que antecede.

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