MORETTI, LEANDRO EMANUEL c/ G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor impugnó el rechazo de su demanda por despido y pretensiones indemnizatorias contra G4S y SINOPEC; la Cámara confirmó la sentencia de grado y rechazó la apelación, imponiendo las costas de alzada y regulando honorarios profesionales en un 30%.
¿Quién es el actor?
MORETTI, LEANDRO EMANUEL.
- Demandados: G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. y otros (entre ellos SINOPEC).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y rubros indemnizatorios y salariales; además apelación por parte de la perita contadora respecto de sus honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de apelación (rechazo de la demanda del actor), impuso las costas de alzada en el orden causado, reguló los honorarios de los profesionales que presentaron escritos en alzada en el 30% de lo que corresponda percibir por su actuación en primera instancia y dejó vigente lo dispuesto sobre notificaciones conforme la Ley 26.685 y los acuerdos de la CSJN indicados.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Ello, por cuanto no aparece rebatido el fundamento del fallo de grado anterior sustentado en la contradicción evidenciada en el reclamo efectuado por el actor, en la medida que se verifica que intimó a las demandadas a la correcta registración del vínculo laboral en el marco del CCT 507/07 –que regula la actividad del personal de vigilancia
- y que, por otro lado, denunció la existencia de un fraude laboral por intermediación, al señalar a la codemandada SINOPEC como su real empleadora y pretender la aplicación del CCT 449/06, por haber efectuado tareas exclusivamente administrativas."
2) "Sentado ello, entonces, comparto lo resuelto por la magistrada que me precede, en lo precedentemente expuesto y acerca de la desestimación de los rubros indemnizatorios y salariales reclamados en consecuencia y, por lo tanto, aconsejo confirmar el rechazo de la demanda decidido en el fallo recurrido."
3) "Respecto de la apelación de honorarios deducida por la perita contadora, teniendo en cuenta el mérito, extensión y oficiosidad de las tareas llevadas en la anterior instancia por dicha experta, evaluadas en el marco del valor económico en juego y contemplando la ley vigente a la época en que esos trabajos fueron realizados ... considero que dichos emolumentos lucen acordes con esos parámetros y aranceles legales vigentes, razón por la cual sugiero confirmarlos."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el acuerdo final; los fundamentos citados corresponden al voto mayoritario que integra la resolución.
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