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BENITEZ ARANDA, ANIBAL c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó por enfermedad profesional y reclamó indemnización por incapacidad física y psíquica. La Cámara modificó la sentencia y elevó el capital de condena a $1.076.125,59, ordenando la actualización según RIPTE y costas y honorarios conforme considerandos V y VI.

Accidente de trabajo Enfermedad profesional Incapacidad psiquica Actualizacion ripte Interes bna Indemnizacion Art Honorarios Costas Ley 27.348


¿Quién es el actor?

Benítez Aranda (actor).

¿A quién se demanda?

PREVENCIÓN ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por enfermedad profesional; determinación de grado de incapacidad (física y psíquica) y consecuente indemnización por incapacidad laboral.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada y elevó el capital de condena a $1.076.125,59, que se ajustará en la forma indicada en el considerando IV (actualización por RIPTE hasta liquidación y, en caso de mora, interés equivalente al promedio de la tasa activa del BNA), e impuso costas de alzada y regulación de honorarios conforme considerandos V y VI.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) Sobre la valoración psicológica: "De acuerdo a la evaluación realizada y habiendo convergencia entre los test administrados y la entrevista se concluye que el actor presenta una personalidad organizada, es decir, capaz de discernir entre fantasía y realidad con conductas y sentimientos de adecuación. De sus antecedentes personales se desprende que se trata de un hombre muy activo hasta el momento del evento, su situación actual no depende de experiencias previas o factores constitucionales. No se ha detectado ansiedad de tipo confusional, observándose un cuadro compatible con una conducta que se considera reactiva al accidente debatido en autos como producto del impacto traumático del hecho lo que produjo el debilitamiento del yo, y dificultando sus relaciones interpersonales. Del análisis del material obtenido surge que el actor ha sido afectado en su esfera emocional, laboral y social. Del examen semiológico surge que hay una clara relación lineal entre la sintomatología del actor y los hechos denunciados…". 2) Sobre el cálculo indemnizatorio y resultado: "En síntesis, la cantidad final alcanza a $1.076.125,59.
- con mas sus intereses." 3) Sobre el régimen de actualización e intereses: (texto explicativo del considerando IV) "En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: '1°. A los fines del cálculo del valor del ingreso base se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados —...— Los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice RIPTE... 2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización... el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.' ... Propicio entonces modificar el pronunciamiento en la medida indicada."
- Disidencias: No hay voto en disidencia; la Dra. Pinto Varela adhirió al voto principal en las cuestiones decisivas (aunque expresó su voto anterior sobre criterio de actualización, terminó por adherir).

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