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SANCHEZ, GABRIEL RUBEN c/ INTERACCION ART S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor demandó por prestaciones dinerarias por secuelas incapacitantes derivadas de un accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia y ordenó actualizar el capital de condena por IPC (INDEC) más un interés puro del 3% anual, confirmó costas y honorarios y condenó en costas de alzada a la recurrente, regulando honorarios en 30% respecto de la instancia anterior.

Apelacion Accidente de trabajo Prestaciones dinerarias Actualizacion por ipc Interes puro 3% anual Costas de alzada Honorarios 30% Fondo de reserva Interaccion art s.a. Derecho del trabajo


¿Quién es el actor?

Sánchez, Gabriel Rubén.

¿A quién se demanda?

Interacción ART S.A. (con intervención como recurrente en la apelación Prevención ART S.A. en su carácter de gerenciadora del Fondo de Reserva).
- Objeto de la demanda: acción civil por accidente de trabajo, reconocimiento de prestaciones dinerarias por secuelas incapacitantes vinculadas a la tarea desempeñada para Zentra S.A.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada para disponer que el capital de condena sea actualizado mediante el índice de precios al consumidor (Nivel general, INDEC) más un interés puro del 3% anual; confirmó lo decidido en materia de costas y honorarios; impuso las costas de alzada a la recurrente y reguló los honorarios en el 30% de lo que cada representación perciba por las tareas cumplidas en la instancia anterior. Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
- "la imposibilidad de proceder a una actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas conforme lo previsto en el art.7mo de la ley 23.928 (conf. art.4to Ley 25561) supone una medida de política económica ajena a control jurisdiccional ... traduciría una posición dogmática que, en su literalidad, soslayaría la necesidad de evitar los efectos devastadores que el fracaso de dicha política ocasiona sobre la integridad de los créditos que no han sido cancelados oportunamente."
- "el art. 84 del decreto 70/84, más allá de su dudosa constitucionalidad, ha establecido que los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo ‘serán’ actualizados y/o repotenciados y/o devengarán intereses ... con la sola condición de que la suma que resulte de dicha actualización y/o repotenciación y/o aplicación de intereses en ningún caso sea superior a la que resulte de calcular el capital histórico actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con más una tasa de interés pura del 3% anual."
- "Por lo expuesto, voto por: 1. Modificar la sentencia y disponer que el capital de condena sea actualizado mediante indice de precios al consumidor mas un mas un 3% de interés anual en los términos señalados en los considerandos; 2. Confirmar lo decidido en materia de costas y honorarios; 3. Imponer las costas de alzada a la recurrente y regular los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior." Votos: el Dr. Alejandro H. Perugini redactó el voto de fondo proponiendo la modificación (señalando fundamentos constitucionales y jurisprudenciales sobre actualización y reparación del crédito) y la Dra. Diana R. Cañal adhirió. No hubo disidencia.

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