STUTZ, LORENA DAMIANA c/ INDUSTRIAS QUIMICAS INDEPENDENCIA S.A. s/DESPIDO
Despido directo por abandono de trabajo; la Cámara confirmó la sentencia que declaró injustificado el despido y, modificando la pauta de morigeración, ordenó aplicar el IPC del INDEC más 3% anual para los intereses. Impuso costas de alzada a la demandada y reguló honorarios en 30%.
¿Quién es el actor?
Stutz, Lorena Damiana.
¿A quién se demanda?
Industrias Químicas Independencia S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido (despido directo por abandono de trabajo) y cuantificación de consecuencias indemnizatorias e intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo cuanto fue materia de agravio (declaró injustificado el despido), modificó la pauta de morigeración de los intereses aplicando el índice de precios al consumidor del INDEC más 3% anual, impuso las costas de alzada a la demandada y reguló honorarios en el 30% de lo que cada representación perciba por las tareas cumplidas en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"No encuentro que la presentación en estudio, al menos en lo que hace a lo sustancial de la cuestión, permita tener por cumplido tal requerimiento, no solo porque coincido con la magistrada de grado en cuanto a que el informe del Sanatorio Clínica Modelo Morón (fs.113/116) permite inferir la autenticidad del certificado agregado a fs.15, de la misma fecha de la atención recibida y con el sello y firma del profesional que suscribió la constancia obrante en la historia clínica, y porque considero que no resulta siquiera verosímil que la empleadora hubiera enviado control medico si no hubiera recibido el aviso de la empleada, sino también porque, en concreto, la apelante nada dice respecto de los puntuales argumentos que sostienen la decisión, esto es, la imposibilidad de dar preeminencia a la valoración del propio médico por sobre la prescripción del que atiende al trabajador, y, fundamentalmente, la inexistencia del ánimo abdicativo necesario para tener por configurado el abandono de trabajo frente a una ausencia que, dadas las circunstancias del caso y el conocimiento que la accionada tenía por sus propios médicos de las afecciones de la dependiente, pudo en todo caso llevar al descuento de los días hasta que se justificara o no la falta, sin necesidad de considerar, a mi modo de ver apresuradamente, que no existía voluntad de reintegro a la tarea."
"Consecuente con ello, propicio confirmar lo decidido también respecto de los intereses, aunque modificando la pauta de morigeración al resultado de aplicar el índice de precios al consumidor elaborado por el INDEC mas un 3% de interés anual."
"Por lo expuesto, voto por: 1. Confirmar la sentencia en todo cuanto ha sido materia de agravio; 2. Modificar la pauta de morigeración de los intereses conforme lo señalado en los considerandos de este voto; 3. Imponer las costas de alzada a la demandada; 4. Regular los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior."
- Votos concurrentes/disidencias: La Dra. Diana R. Cañal adhirió al voto que antecede; no hubo disidencia.
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