COLQUE, GUSTAVO DANIEL c/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó trabajador por indemnización por accidente laboral y se discutieron grado de incapacidad, actualización salarial y tasa de interés aplicable. La Cámara modificó la sentencia apelada y elevó el capital de condena a $1.301.886,78, ordenando además costas y estipendios conforme considerandos sobre actualización por RIPTE e intereses según ley 27.348 y decreto 669/2019.
¿Quién es el actor?
Colque Gustavo Daniel (trabajador).
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
- Objeto de la demanda: indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 03/09/2022; discusión sobre grado de incapacidad física y psíquica, fórmula indemnizatoria (salario actualizado y coeficientes), fecha de devengamiento de intereses y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada y elevó el capital de condena a la suma de $1.301.886,78, con más sus intereses en la forma indicada precedentemente; impuso costas de alzada y reguló estipendios de ambas instancias conforme considerandos VI y VII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
Sobre la incapacidad psíquica y su ponderación: “El licenciado que llevó a cabo el estudio psicodiagnóstico expresó: '…se pudieron ubicar indicadores depresivos y alto monto de ansiedad, inseguro y con temor de volver a lesionarse; sus maniobras defensivas han resultado ineficaces para la tramitación psíquica del impacto traumático y ha sobrevenido una modificación permanente en el aprovechamiento de la energía psíquica; como reacción al impacto traumático ha desarrollado conductas de retracción, se ha alterado la expresión emocional, se han visto perturbadas las relaciones interpersonales y ha mermado la capacidad de goce. Muestra un claro antes y después del accidente por lo que las esferas vitales se han conmovido a partir del suceso traumático…'” (v. peritaje).
Valoración y ajuste de la minusvalía psíquica: “Por ello, estimo razonable inculpar un 50% de la minusvalía psíquica determinada en el peritaje al siniestro de marras (arts. 386 y 477 del Cód. Procesal)… propicio establecer como porcentaje de minusvalía psíquica resarcible un 5%, que sumada a la física que se propone confirmar (5%), mas los factores de ponderación fijados en el fallo (5% por leve dificultad para la realización de las tareas habituales y 3% por edad …) arrojan una incapacidad de 13,5% de la T.O., cuantía que sugiero resarcir.”
Sobre la determinación del salario actualizado y resultado de la fórmula: (tabla de cálculo de remuneraciones y) “el nuevo resultado de la fórmula indemnizatoria alcanza a $1.334.905,65.
- (53 x $106.201,17.
- x 13,5% x 65/37). Dicho importe es superior al piso que establece la Res. SRT Nº 49/2021… A esa cantidad se le debe agregar el adicional del 20% previsto en el art. 3º de la ley 26.773 ($266.981,13.-), por lo que cabe diferir a condena la suma total de $1.301.886,78.-”
Sobre actualización y tasas de interés aplicables: “En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: '…2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.' … Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia… propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación … mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento … se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA … acumulándose los intereses al capital en forma semestral …”
Regulación de honorarios: “corresponde dejar sin efecto la regulación de honorarios practicada en la instancia anterior y proceder a su determinación en forma originaria… regular los estipendios de la representación letrada del actor, de la demandada, y de la perito médica, en las respectivas sumas de $2.433.512,98 (35,98 UMAs), $2.348.504,96 (34,72 UMAs) y $717.363,28 (10,60 UMAs) valores actualizados a la fecha del dictado de la sentencia recurrida… Dada la forma en que quedó resuelta la cuestión, sugiero regular los honorarios … en el 30% a cada una, de lo que les corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior.”
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; la resolución fue acordada por los jueces que firman.
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