GAMARRA, EVELYN ANTONELLA (3) c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Recurso de la actora contra Provincia ART S.A. por accidente in itinere y liquidación indemnizatoria conforme ley 27.348. La Cámara modificó la sentencia para que el capital de condena se ajuste según el criterio de actualización por RIPTE (considerando IV) y condenó en costas de alzada y honorarios conforme considerandos V y VI.
¿Quién es el actor?
GAMARRA, Evelyn Antonella.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso ley 27.348 contra resolución del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°10; controversia sobre determinación de incapacidad (5,40%) por accidente in itinere del 06/11/2020, cálculo del Ingreso Base de Cálculo (IBM), y régimen de actualización/intereses aplicables (ley 27.348 y decreto 669/2019). Además apelación de honorarios por parte del perito y del letrado actor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia en el sentido de que "el capital de condena se ajustará según lo indicado en el considerando IV" y estableció costas de alzada y regulación de honorarios conforme considerandos V y VI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: '... 2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina. 3°. A partir de la mora en el pago de la indemnización será de aplicación lo establecido por el artículo 770 del Código Civil y Comercial acumulándose los intereses al capital...'"
"Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, y que el régimen previsto en la ley 27.348 no contempla la posibilidad de establecer un interés moratorio desde la fecha de la primera manifestación invalidante... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante (en este caso desde el 04/08/2023) hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la L.O mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral..."
"Sugiero entonces, en atención al monto de condena y al mérito e importancia de los trabajos realizados ... regular los estipendios de las representaciones letradas del actor, de la demandada y los del perito médico en las respectivas sumas de $2.151.146,28 (33,02 UMAs), $2.117.544,17 (32,51 UMAs) y $629.305,62 (9,66 UMAs) valores actualizados a la fecha del dictado de la sentencia recurrida..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; ambos votos (Guisado y Díez Selva) adhieren y la parte resolutiva es de la mayoría.
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