ROJAS, JUAN DANIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamo por prestaciones dinerarias por accidente de trabajo del 17/6/2016. La Cámara confirmó la sentencia apelada, imponiendo las costas de alzada a la demandada y regulando honorarios en el 30% de lo percibido en la instancia anterior, por coincidir con la aplicación de actualización del crédito y la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.982 en lo pertinente.
¿Quién es el actor?
Juan Daniel Rojas.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reclamo de prestaciones dinerarias en el marco de la Ley 24.557 por incapacidad vinculada a un accidente ocurrido el 17 de junio de 2016. También se cuestionaron las pautas de actualización del crédito y la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fue materia de recurso; impuso las costas de alzada a la demandada; y reguló los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales del fallo):
"…si bien la modificación introducida al art. 12 de la ley 24.557 por las leyes 27.348 y el decreto 669/19 no resulta aplicable a contingencias anteriores a su vigencia…"
"…la imposibilidad de proceder a una actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas conforme lo previsto en el art.7mo de la ley 23.928 (conf. art.4to Ley 25561) supone una medida de política económica ajena a control jurisdiccional… traduce una posición dogmática que, en su literalidad, soslayaría la necesidad de evitar los efectos devastadores que el fracaso de dicha política ocasiona sobre la integridad de los créditos…"
"…la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que 'el aumento del monto nominal en función de los índices oficiales de precios al consumidor no hace la deuda más onerosa en su origen, solo mantiene el valor económico real frente al paulatino envilecimiento de la moneda'…"
"…no se observa otra alternativa posible, en orden a la preservación de la integridad de los derechos en juego, que declarar la inconstitucionalidad del art 7mo de la ley 23.982 en tanto dispone que 'El deudor de una obligación de dar una suma determinada de pesos cumple su obligación dando el día de su vencimiento la cantidad nominalmente expresada' y que 'en ningún caso se admitirá actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas…', tal como lo ha hecho la magistrada de la instancia anterior."
"Los honorarios han sido regulados en forma razonable, de conformidad con las pautas y normas arancelarias aplicables al proceso (Ley 21839, art 7mo decreto 1077/17)…"
Además, el tribunal consideró desierto un agravio que correspondía a condena de empleadora por error de texto en el escrito de apelación, y rechazó la impugnación de la regulación honoraria por considerarla fundada en meras discrepancias.
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la Dra. Diana R. Cañal adhiere al voto que antecede.
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