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FERNANDEZ CORBO, VANESA BEATRIZ c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó por enfermedad profesional (COVID-19) reclamando reconocimiento de incapacidad psicofísica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el reconocimiento de incapacidad del 20,16% y, en cambio, modificó la sentencia respecto de los accesorios: actualizó el capital conforme IPC INDEC desde la exigibilidad con más una tasa pura anual del 3%.

Enfermedad profesional Covid-19 Incapacidad psicofisica 20 16% Pericia medica Dano psiquico Actualizacion ipc-indec Intereses 3% anual Ley 27.348 Art Costas y honorarios


¿Quién es el actor?

Fernandez Corbo Vanesa Beatriz.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por enfermedad profesional (primera manifestación invalidante el 20/12/2020) y condena por incapacidad psicofísica, intereses y honorarios (Recurso Ley 27.348).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia en todo lo relativo al reconocimiento de la enfermedad profesional y al grado de incapacidad (20,16% de la t.o.), y modificó la determinación de los accesorios: actualizó el capital de condena conforme IPC INDEC desde la exigibilidad del crédito hasta su efectivo pago, con más una tasa pura del 3% anual; costas y honorarios se imponen a la demandada vencida y se regulan conforme lo sugerido en el voto.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En efecto, el perito médico legista en el informe acompañado con fecha 03/05/2024, luego de la inspección clínica realizada y estudios complementarios que detallaré, determinó que el actor presenta tórax hipoinsuflado déficit ventilatorio mixto a predominio restrictivo moderado a severo y Reacción Vivencial Anormal Neurótica, grado II con una incapacidad del 20,16% de la t.o, incluidos los factores de ponderación." "‘Conforme a la evaluación del material psicológico obtenido en el presente estudio psicodiagnóstico, se concluye que el suceso atravesado ha tenido para la subjetividad de la señora Corbo Fernández Vanesa Beatriz, la suficiente intensidad como para evidenciar un estado de perturbación emocional encuadrable en la figura de daño psíquico... presenta, según los criterios del DSM 4 el diagnóstico de “Trastorno de adaptación mixta con ansiedad mixta y estado de ánimo depresivo” (F 43.23)... presenta una REACCIÓN VIVENCIAL ANORMAL NEURÓTICA R.V.A.N. CON MANIFESTACION FOBICADEPRESIVA DE GRADO II con una incapacidad del 10 % (diez por ciento).'" "El art. 2 de la ley 26.773 y el complementario art. 11 de la ley 27.348 disponen que '(...) El derecho a la reparación dineraria se computará más allá del momento en que se determine su procedencia y alcance, desde que acaeció el evento dañoso (...)', de lo que se sigue que la extensión del crédito dinerario se retrotrae a las oportunidades previstas por la norma." "En virtud del resultado obtenido en esta instancia, sugiero imponer las costas de alzada a cargo de la demandada vencida (conf. art. 68 del C.P.C.C.N. y 1 de la ley 27.348) y regular los honorarios de la representación letrada de los intervinientes en la alzada en el 30%, de lo que, en definitiva, les corresponda percibir por sus labores en la sede anterior (ley 27.423)."
- Disidencia (relevante): En los considerandos se registra que hubo posiciones distintas respecto del método de actualización de los accesorios: un voto propuso aplicar la tasa prevista por el acta CNAT 2658 al capital que incluye IBM actualizado por Ripte; la mayoría del acuerdo dispuso, sin embargo, actualizar conforme IPC INDEC con más un 3% anual. (El voto que proponía otra solución fue en discordia respecto de la mayoría sobre el régimen de intereses.)

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