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DIAZ, GASTON ALEJANDRO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó por accidente laboral y reclamó indemnización por incapacidad psíquica y física contra Asociart ART S.A. La Cámara modificó la sentencia de grado y elevó la condena a $1.369.309,41, reasignando porcentajes de incapacidad y ordenando la actualización e intereses conforme al criterio señalado en el considerando IV y la regulación de costas y honorarios del considerando V.

Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Incapacidad laboral Ley 27.348 Ripte Intereses Costas Honorarios Liquidacion indemnizatoria Arts/aseguradora


¿Quién es el actor?

Díaz, Gastón Alejandro (parte actora).

¿A quién se demanda?

ASOCIART ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: reclamo indemnizatorio por accidente de trabajo — reconocimiento y liquidación de incapacidad laboral (psíquica y física) y consecuente condena pecuniaria conforme Ley 27.348/LO u otras normas aplicables.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia apelada y se elevó el monto de condena a la suma de $1.369.309,41, más sus intereses conforme al considerando IV; se confirmaron las reglas relativas a costas y se regularon honorarios conforme considerando V.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) “En tal contexto, considero que la descripción efectuada en el baremo de ley se adecúa a la sintomatología del cuadro revelado por el trabajador y detallada por el experto en su informe pericial... Desde tal perspectiva, considero que las conclusiones del experto poseen plena eficacia probatoria (art. 386 y 477 del CPCC) respecto de la existencia del cuadro psicológico detectado, ya que se sustentan en estudios realizados al actor y acompañados en la causa, a la par que provienen de un especialista, cuyas conclusiones se encuentran basadas en la ciencia y experiencia.” 2) “Por ello, a mi juicio, resulta justo y equitativo establecer que la incapacidad psicológica que padece el actor deba vincularse a las dolencias provocadas por el infortunio de marras en un 50% y el restante 50% a factores ajenos, por lo que corresponde fijar la incapacidad laborativa psíquica del trabajador en orden al 5% T.O, relacionado con los hechos aquí debatidos.” 3) “En definitiva, en atención a los extremos expuestos corresponde elevar el porcentaje de incapacidad laborativa del trabajador al 19,06% T.O... corresponde modificar el monto de condena y elevarlo a la suma de $1.369.309,41 calculado de conformidad con las pautas del art. 14.2.a) LRT... A ello se le ha agregado el 20% dispuesto por el art. 3 de la ley 26.773 ($228.218,23).” 4) Sobre la actualización e intereses: “...corresponde modificar el pronunciamiento en los términos dichos... el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la L.O mediante el índice RIPTE... y en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral...”
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los dos votos consignados adhieren al resultado.

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