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JIMENEZ, JORGE MARCELO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Demanda por accidente de trabajo (Ley 26.773) contra GALENO ART SA. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado: fijó el capital nominal en $62.465,71, declaró la inconstitucionalidad de las leyes 23.928 y 25.561 en cuanto prohíben la actualización, y ordenó la actualización por IPC (INDEC) más 3% anual e hizo nueva regulación de honorarios.

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¿Quién es el actor?

JIMENEZ, Jorge Marcelo.

¿A quién se demanda?

GALENO ART SA (ART).
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente (Ley especial 26.773) con pretensión de condena e incisos accesoria correspondientes (intereses, adicional del art. 3 de la ley 26.773, honorarios, etc.).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijó el capital nominal de condena en $62.465,71; decretó la inconstitucionalidad de las leyes 23.928 y 25.561 en cuanto prohíben la actualización monetaria, y dispuso que el crédito se reajuste desde que cada suma fue debida con el Índice de Precios al Consumidor Nivel General que publique el INDEC más un interés puro del 3% anual hasta su efectivo pago; dejó sin efecto la regulación de honorarios de primera instancia y los fijó originariamente en esta Sede (18% actor, 16% demandada, 7% perito sobre capital e intereses); confirmó lo resuelto en lo demás; e impuso costas (80% a cargo de la demandada y 20% del actor).
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): 1) "En lo que atañe a los acrecidos que corresponde aplicar sobre el capital de la condena, cabe estar al criterio mayoritario sostenido por este Tribunal ... corresponde declarar para el presente caso la inconstitucionalidad de ambas normas -leyes 23928 y 25561
- en su parte pertinente y, en cuanto prohíben la actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas y disponer para el reajuste del crédito reconocido en las presentes actuaciones, la aplicación desde que cada suma fue debida, del Índice de Precios al Consumidor Nivel General que publique el INDEC, con más un interés puro del 3% anual por igual período, todo ello hasta el momento de su efectivo pago." 2) "Respecto del punto de partida del cómputo de los intereses a aplicar sobre el capital diferido a condena, ... corresponde modificar este accesorio." (doctrina de la Sala: intereses desde la fecha del accidente). 3) "Por los trabajos profesionales desarrollados en primera instancia, regular a la representación y patrocinio letrado de las partes actora y demandada y al perito médico, en el 18%, 16% y 7%, respectivamente, sobre el capital e intereses de condena, que comprende la totalidad de sus trabajos efectuados en primera instancia..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia relevante; hubo adhesión del Dr. Fera al voto mayoritario del Dr. Pompa.

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