ARGUELLO LEAL OMAR ARIEL c/ GALENO ART SA (EX MAPFRE ARGENTINA ART S.A.) s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó el actor por accidente laboral contra Galeno ART S.A. solicitando condena e intereses. La Cámara confirmó en lo principal la sentencia apelada y ordenó la actualización e intereses del crédito conforme al considerando III, imponiendo costas y honorarios en la Alzada según el considerando V.
¿Quién es el actor?
Arguello Leal Omar Ariel (trabajador/actor).
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. (ex MAPFRE ARGENTINA ART S.A.).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente (ley especial) — crédito derivado de accidente de trabajo, con pedido de actualización monetaria e intereses; además apelaciones de honorarios por parte de la abogada del actor y del médico perito.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó en lo principal la sentencia apelada, disponiendo la actualización e intereses del crédito de autos de conformidad con lo dispuesto en el considerando III; además impuso costas y fijó honorarios en la Alzada conforme al considerando V.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Al respecto, cabe destacar que durante varios años esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ha ido dictando sucesivas Actas destinadas a establecer una pauta orientadora respecto de las tasas de interés a aplicar a los créditos derivados de las causas judiciales que tramitaban ante nuestro fuero... Ahora bien, en el año 2022, modificado el Código Civil y Comercial de la Nación -art. 770-, ante nuevas realidades económicas con el consecuente envilecimiento de la moneda y la insuficiencia de la tasa de interés que derivaba del Acta 2658 para mantener el valor del crédito, esta Cámara dictó el Acta 2764... El Alto Tribunal, en autos 'Oliva, Fabio Omar...' interpretó que la capitalización periódica y sucesiva... no encontraba sustento en las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y expresó que el resultado era desproporcionado, razón por la cual revocó la sentencia, por arbitraria."
2) "En consecuencia, ante el infructuoso intento de esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de buscar una solución que permita conjurar la lesión del contenido sustancial de los derechos patrimoniales de las personas que trabajan,... cabe recurrir a la última ratio del orden jurídico, esto es, declarar la invalidez constitucional de la norma que veda la actualización monetaria: el art. 7 de la ley 23.928 con las modificaciones de la ley 25.561."
3) "Desde tal perspectiva, la suma por la que prospera la acción ha de ser actualizada desde la fecha de su exigibilidad y hasta la de su efectivo pago, de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC)
- utilizándose el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) para el período que corre entre el 1º/11/2015 y el 1º/5/2016, en caso de corresponder...-, con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período, calculado sobre el capital actualizado."
4) Sobre costas y honorarios: "En la Alzada propongo imponer las costas a la accionada quien conserva su calidad de vencida (art. 68 CPCCN) y con arreglo a lo establecido en el art. 38 L.O. y art. 30 de la ley 27.423, corresponde fijar los honorarios de las representaciones letradas de las partes, por sus labores en esta etapa en el 30% de lo que le corresponde por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; ambos votos (Pinto Varela y Díez Selva) adhieren y el acuerdo final reproduce la confirmación y las pautas de actualización e intereses referidas al considerando III y las costas/honorarios del considerando V.
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