TORRES, ALEJANDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Acción por reparación de disminución psicofísica derivada de dos accidentes contra Provincia ART S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda y mantuvo la imposición de costas y los honorarios de alzada conforme al considerando VI.
¿Quién es el actor?
Torres Alejandro (identificado en el carátula como "TORRES ALEJANDRO").
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reparación por disminución psicofísica (incapacidad) atribuida a dos accidentes: una mordedura de perro en tobillo derecho mientras iba al trabajo y un accidente laboral con lesión inguinal al realizar tareas de repositor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; además, impuso costas y fijó los honorarios de alzada según el considerando VI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"III) Analizadas las constancias de autos, anticipo que los agravios deberían ser desestimados. Hago esta afirmación por las siguientes consideraciones.
Respecto de las aptitudes psíquicas, si bien su menoscabo no depende necesariamente de la existencia ni de la cuantía de un daño físico, en este proceso en particular, la inexistencia de incapacidad laboral me lleva a coincidir con la Sra. Jueza a quo y determinar la ausencia de incapacidad psicológica, en tanto que el reclamo de este tópico fue solicitado como consecuencia del padecimiento físico y no en forma autónoma.
Recuérdese que si bien corresponde a los médicos pronunciarse desde la ciencia que le es propia acerca de la posibilidad de vincular una afección con una etiología laboral o extra laboral, quien juzga puede apartarse de la valoración del experto si encuentra sólidos argumentos, ya que no son los peritos médicos los que fijan la incapacidad, sino que ella es sugerida por éstos y determinada finalmente en sede judicial, con sustento en todas las pruebas que surgen del expediente y las normas legales de aplicación (v. en este sentido, entre otros, SD 97.235 del 31/7/13 “Fernández Epifanía Isabel c/ Caesar Park Argentina SA y otro s/ Accidente – Acción civil” y SD 96.639, 12/10/2012, “La Porta Gerardo c/ Expreso San Isidro SA s/ Accidente Acción-Civil”)."
"VII) En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia de grado en todo lo que decide y ha sido materia de recurso y agravios. 2) Costas y honorarios de alzada según considerando VI."
- Sobre costas y honorarios: el Tribunal mantuvo la imposición de las costas en el orden causado dado que el actor resultó perdidoso, y confirmó que los honorarios de los peritos no son altos; asimismo fijó los honorarios de las representaciones por alzada conforme al considerando VI (30% de lo que corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior, según lo propuesto).
- Votos en disidencia: No hubo voto en disidencia; el Dr. Díez Selva adhirió al voto del Dr. Guisado y el acuerdo fue unánime en confirmar la sentencia.
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