TORRES MURCIA, DIDIER c/ COTECSUD COMPAÑIA TECNICA SUDAMERICA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor demandó por despido contra Cotecsud Compañía Técnica Sudamérica S.A. y Panatel S.A. La Cámara modificó la sentencia de grado: redujo la condena a $16.784,51, dispuso la actualización por IPC más 3% anual y dejó sin efecto la obligación previa sobre el certificado de trabajo, limitándola a acompañar en papel la documentación digital.
¿Quién es el actor?
Torres Murcia, Didier.
- Demandados: COTECSUD Compañía Técnica Sudamérica S.A. y PANATEL S.A. (Hotel Panamericano).
- Objeto de la demanda: acción por despido e indemnizaciones laborales (rubros indemnizatorios, diferencias salariales, vacaciones, SAC, entrega de certificado de trabajo, responsabilidad solidaria, etc.).
¿Qué se resolvió?
la Cámara, por mayoría (votos de los Dres. Héctor C. Guisado y Silvia E. Pinto Varela), modificó la sentencia apelada: redujo el monto de condena a $16.784,51; determinó que dicho monto llevará los intereses conforme el considering VIII (actualización por IPC nivel general más interés puro del 3% anual desde la exigibilidad hasta el pago, con las pautas allí fijadas); dejó sin efecto la obligación previa sobre el certificado de trabajo y la limitó a que la accionada acompañe en formato papel la documentación que está en formato digital; y distribuyó costas y fijó honorarios conforme al considerando IX.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
1) "En atención a las modificaciones que he propiciado en torno de la base salarial ($60.254,53), la fecha de finalización del contrato (02/04/2020) y los rubros por los cuales prospera la acción, cabe readecuar los montos y rubros de condena del siguiente modo: SAC proporcional 2020 $7.593,72 Vacaciones proporcionales 2020 + SAC $9.190,79 TOTAL $16.784,51 ... Adelanto que, desde mi perspectiva, cabe modificar parcialmente lo allí resuelto. ... Por todo lo hasta aquí expresado, y en plena coincidencia con los fundamentos expuestos por mi distinguida colega, la Dra. Silvia E. Pinto Varela en su voto (al que adherí) en la causa “Cambronero, Hernán Matías c/ Sentinell SA s/ despido” (sentencia 117.125 del 26/8/2024), propicio modificar el fallo apelado en lo referente a la adecuación del crédito, que se actualizará desde que cada suma era debida hasta el efectivo pago mediante el IPC –Nivel General-, con más un interés puro del 3% anual sobre el capital actualizado." (considerando VIII)
2) "Por otra parte, el certificado de trabajo emitido en el formulario 984 AFIP que, a partir de lo expuesto en los considerandos que anteceden, refleja la realidad del vínculo que existió entre las partes, se encuentra efectivamente anexado en formato digital, por lo que previo acompañamiento por parte de la accionada de su versión original se encontrará disponible para su desglose y entrega al interesado. Por ello cabe dejar sin efecto la obligación dispuesta en el fallo que antecede, con los alcances que aquí propicio." (considerando VII)
3) "En definitiva, de compartirse mi voto, corresponderá: 1) Modificar la sentencia apelada y reducir el monto de condena a la suma de $16.784,51 que llevará los intereses dispuestos en el considerando VIII del presente voto. 2) Dejar sin efecto la obligación dispuesta en el fallo antecedente respecto del certificado de trabajo y limitarla a que la accionada acompañe en formato papel la documentación que se encuentra acompañada digitalmente, y una vez cumplido se encontrará en condiciones de que el interesado solicite su desglose. 3) Distribuir las costas de ambas instancias y fijar los estipendios de los profesionales intervinientes en ambas etapas del modo dispuesto en el considerando IX del presente voto." (considerando X)
- Disidencia: no hubo voto en disidencia; la Dra. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: