VALENCIA CARHUACHIN, VIVIANA ZENAIDA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamaron indemnización por accidente de trabajo y actualización de la condena. La Cámara modificó la condena de grado para adecuar $2.287.088,71 desde la fecha del accidente conforme al criterio de actualización expuesto en el considerando II y confirmó los honorarios, imponiendo las costas de la alzada en el orden causado.
¿Quién es el actor?
VALENCIA CARHUACHIN, Viviana Zenanda (actora).
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (aseguradora demandada).
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por accidente de trabajo (art. 14 pto. 2 a) ley 24.557) y planteos accesorios sobre la tasa de actualización/interés; impugnación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el pronunciamiento de grado para que la suma de $2.287.088,71 se adecue desde la fecha del accidente según lo indicado en el Considerando II; confirmó los honorarios cuestionados; e impuso las costas de la alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Como es sabido, la facultad conferida a los jueces por el Código Civil y Comercial para fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por las partes o por leyes especiales. Es por eso que, en el acta 2764 CNAT se aclaró expresamente que “lo sugerido en este acuerdo es para aquellos créditos que no tengan un régimen legal en materia de intereses aplicable”. Similar aclaración efectuó esta Cámara en la reciente Acta nº 2783."
"En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: ... 2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina."
"Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA ... acumulándose los intereses al capital en forma semestral ..."
- Votos y adhesiones relevantes: El Dr. Héctor C. Guisado propuso la modificación señalada y confirmó honorarios; la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto anterior respecto del criterio de actualización por razones de economía procesal, aunque consignó en su voto precedente una posición alternativa que no prosperó. No existen disidencias que modifiquen lo resuelto por mayoría.
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