PENNESI, VIVIANA EDITH c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora apeló la condena en su favor y cuestionó sus honorarios y otras liquidaciones. La Cámara modificó la sentencia en cuanto a los honorarios de la representación letrada, elevándolos a $1.549.875 y confirmó el resto del decisorio apelado.
¿Quién es el actor?
PENNESI, VIVIANA EDITH (parte actora).
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Recurso contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar en lo sustancial a la demanda (v. expte. CNT 26.442/2021/CA1), con agravios centrados en actualización monetaria, intereses, medida del IBM y cuantía de honorarios de la representación letrada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia exclusivamente en lo relativo a los honorarios de la representación letrada de la parte actora, elevándolos a $1.549.875 (25 UMA de $61.995 conforme Res. 2910/24 de la CSJN de fecha 7/11/2024); confirmó el decisorio de origen en lo demás objeto de apelación; impuso las costas originadas ante esta Sede por su orden; y reguló, por los trabajos desarrollados ante esta Sede, el 30% de lo que en definitiva corresponda percibir a cada representación letrada por los trabajos de la instancia anterior. Además, ordenó dar cumplimiento a las reglas de notificación previstas en la Ley 26.685 y acordadas de la CSJN.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
"La sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda en lo sustancial, de fecha 19 de Diciembre de 2024, ha sido apelada por la parte actora... El letrado de la parte actora, en ejercicio de un derecho propio, cuestiona sus honorarios por considerarlos reducidos..."
"No ha de prosperar el planteo recursivo expuesto por la parte actora en lo que refiere e la actualización monetaria y el asunto de los intereses... lo sostenido en su apelación no conmueve la solución adoptada en origen..."
"En lo que atañe a la cuestión de los honorarios, teniendo en cuenta el mérito, labor e importancia de los trabajos profesionales desarrollados en la anterior instancia, evaluados en el marco del valor económico del litigio... entiendo que los honorarios fijados en origen a la representación letrada de la parte actora lucen bajos por lo que propongo elevarlos a la suma de $ 1.549.875... que representa 25 UMA de $ 61.995 aplicado en la sentencia de origen conforme Res. 2910/24 de la CSJN de fecha 7 de Noviembre de 2024 (conf. art. 38 L.O. y normativa arancelaria vigente en la materia)."
"En consecuencia, sugiero imponer las costas originadas ante esta Sede por su orden... por los trabajos profesionales desarrollados ante esta Sede, sugiero regular a la representación letrada de cada una de las partes, el 30% de lo que, en definitiva, le corresponda percibir a cada representación letrada, por los trabajos efectuados en la instancia anterior (conf. art. 30, ley 27.423)."
- Disidencia: No se registran votos en disidencia; el Dr. Álvaro E. Balestrini "adhiero al voto precedente", por lo que la decisión consignada es de la mayoría.
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