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NABARO JORGE DANIEL c/ INSTITUTO T. JEFFERSON S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor demandó por accidente de trabajo contra Instituto T. Jefferson S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, por falta de prueba suficiente de la relación laboral; además impuso costas y reguló honorarios.

Accidente de trabajo Relacion laboral Prueba testimonial Pericia caligrafica Revocatoria Costas Honorarios Lct art. 23 Cpccn art. 377 Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

NABARO, JORGE DANIEL.

¿A quién se demanda?

Instituto T. Jefferson S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo indemnizatorio por accidente de trabajo (acción civil derivada de accidente ocurrido el 03/10/2012 según la demanda).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda contra Instituto T. Jefferson S.A.; impuso las costas de ambas instancias en el orden causado y reguló los honorarios de los profesionales conforme al considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Disiento – respetuosamente – con la solución adoptada por la Sra. Jueza de origen, toda vez que sin perjuicio del accidente invocado, lo cierto es que no se ha producido prueba suficiente y eficaz que permita tener por acreditada la existencia de una relación laboral entre las partes conforme lo exige el art. 23 de la LCT y el principio de carga probatoria establecido en el art. 377 del CPCCN." "En las presentes actuaciones, la única prueba testimonial ofrecida y valorada en la sentencia de grado no cumple con los estándares de verisimilitud y solidez exigibles para sustentar una relación laboral. Se trata de una valoración aislada, carente de corroboración por otras pruebas objetivas, y que incurre en imprecisiones sobre horarios, día de ingreso y condiciones del supuesto vínculo, como así también que no presenció el hecho denunciado por el accionante." "La prueba pericial caligráfica incorporada a la causa ha permitido establecer que el actor realizaba trabajos por cuenta propia y bajo su firma, lo que resulta incompatible con la relación de subordinación jurídica propia de un contrato laboral dependiente. En consecuencia, la existencia de un accidente –aun cuando se encuentre acreditado– no es suficiente para responsabilizar al empleador si no se prueba debidamente la relación laboral entre el actor y la patronal."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; el Dr. Roberto C. Pompa adhirió al voto preopinante.

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