ESCOBAR, ROGELIO DAVID c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el actor por accidente de trabajo bajo la ley 27.348 contra Provincia ART S.A. La Cámara confirmó la sentencia apelada respecto de las costas, modificó parcialmente los honorarios fijados conforme el considerando III y ordenó imponer las costas de alzada en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Escobar, Rogelio David.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Pretensión por accidente de trabajo fundada en la ley especial (Ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto a las costas; ajustó los estipendios apelados conforme al considerando III (elevar honorarios de la representación letrada de la demandada a $6.888.800 — 99,85 UMAS, valor actualizado a la fecha de la sentencia recurrida) y se impusieron las costas de la alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En efecto, esta Sala tiene dicho que ni de las normas ni de los principios que informan al Derecho del Trabajo se puede inferir que la exención de costas al vencido proceda únicamente cuando la razonabilidad de su decisión de litigar se relacione con una pugna de interpretaciones opuestas en cuanto a normas jurídicas positivas. Dicha posibilidad se extiende también a los casos en que se tratan problemas dudosos de hecho y prueba (S.D. 61.870 del 29/09/88, 'Acevedo, Marta Elba c/ Compañía Industrial de Bolsas S.A. s/ Accidente')."
"En atención al mérito e importancia de los trabajos realizados, los emolumentos regulados al perito médico no lucen excesivos (antes bien, resultan inferiores al mínimo de 4 UMA). A su vez, los fijados a favor de a la representación letrada de la demandada resultan bajos, por lo que propicio elevarlos a la suma de $6.888.800 (99,85 UMAS), valor actualizado a la fecha del dictado de la sentencia recurrida (art. 38 de la L.O. y art. 21, 22 y conc. de la ley 27.423)."
"En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia apelada en cuanto a las costas. 2) Estipendios apelados conforme considerando III. 3) Imponer las costas de la alzada en el orden causado."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la Dra. Pinto Varela adhirió al voto precedente.
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